Triple crimen: advierten errores graves pero piden no sancionar

Un informe podría beneficiar a Iribarren y Meynet.

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ROCA (AR).- Un informe elevado durante las últimas horas al Consejo de la Magistratura podría derivar en que el juez Pablo Iribarren y el ex fiscal -y actual magistrado- Álvaro Meynet eviten una dura sanción por sus actuaciones en la investigación del triple crimen ocurrido en Cipolletti en 1997. Si bien el sumariante Carlos Vila entendió que cometieron graves irregularidades en el marco de la causa, que incluso podrían ser causales de destitución, esa eventual sanción sería imposible de aplicar por “insubsistencia de la acción penal”, ya que se encuentran vencidos los plazos para acusarlos. Después de 12 años de ocurrido el brutal asesinato de María Emilia y Paula Micaela González y Verónica Villar, se conoció parte del primer informe del instructor sumariante Carlos Vila, a quien le encomendaron la investigación sobre el desempeño de Iribarren y del ex fiscal Meynet, ahora integrante de la Cámara Primera del Crimen de Cipolletti. El trabajo ya fue elevado al Consejo de la Magistratura, que deberá decidir si hace lugar al dictamen de insubsistencia de la acción penal, o bien si envía el informe al Ministerio Público Fiscal para que éste elabore la requisitoria fiscal para un posible pedido de juicio político. El informe no es vinculante y será el Consejo el que decida los próximos pasos a seguir. En el escrito, al que accedió “Río Negro”, el camarista Vila hizo una pormenorizada investigación sobre las actuaciones de los funcionarios, no sólo en la causa principal sino también en las que se fueron desprendiendo y en las que algunos juristas estiman que “no están vencidos los plazos procesales”. Como primer punto, observó una serie de irregularidades desde el momento mismo del hallazgo de los cadáveres. Cuestionó que no se habría cercado adecuadamente el lugar y que no se realizó un relevamiento de huellas o rastros que pudieran aportar mayores elementos de los autores. Agregó que se habrían recolectado evidencias que luego no eran lo que se había imaginado. La prueba fehaciente fue la “mordaza” que rodeaba el cuello de María Verónica Villar. En un principio se determinó que era un calzoncillo pero una pericia estableció luego que era un corpiño de una de las víctimas. En otra de las imputaciones subraya que Iribarren se habría desentendido de su deber de comprobar todo aquello que hacía a los ilícitos que se detectaban. Esta tarea la delegó en comisiones policiales especiales “vulnerando de un modo cuestionable los principios de juez natural y de imparcialidad”. A Meynet también le reprochó haber consentido esa estrategia. En varios artículos apuntó a determinar que muchas de estas diligencias fueron “erráticas” y sólo apuntaron a una verificación de las especulaciones de la policía que no aparecían con pruebas fehacientes. Los cuestionó por “validar una profusa y errática actividad probatoria que las reglas de la lógica y la experiencia mostraban desde un comienzo inoficioso e inútil pues sólo apuntaba a verificar especulaciones (…). Se insistió obstinadamente y por largo tiempo…”. Sin embargo, en el primer punto del informe elevado al Consejo de la Magistratura, Vila recomendó hacer lugar al pedido de la insubsistencia de la acción penal administrativa, uno de los principales argumentos que había esgrimido la defensa de Iribarren. En su momento, el propio defensor del magistrado, Oscar Pineda, había adelantado que “se vulneraba la libertad y la seguridad jurídica” de su defendido al sostener que habían transcurrido más de 12 años del hecho que se le cuestiona. “En un estado de derecho nadie puede vivir bajo amenaza permanente”, sostuvo. En su defensa y ya directamente vinculado a la investigación, Iribarren aseguró que el informe del sumariante es “parcial, descontextualizado y tendencioso” al no considerar el contexto histórico en el cual se desarrollaron los hechos.


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