Un debate ausente 2-4-03

Polémica por la salida transitoria de un violador

NEUQUEN (AN)- Los detenidos por delitos sexuales son presos ejemplares: en general mantienen buena conducta, no intentan fugarse, tienen hábitos de higiene y cultura de trabajo. En el caso de O.A.R., tres informes carcelarios califican su desempeño tras las rejas de «muy bueno». Conseguir que otros presos, por ejemplo los ladrones, tengan ese mismo estándar de conducta, es la aspiración máxima del servicio carcelario: cuando el detenido se levanta temprano, se higieniza a diario y no protagoniza peleas, se considera que está rehabilitado. Pero los delincuentes sexuales tienen otras particularidades. Por ejemplo, jamás reconocen su culpabilidad. Y es muy alta la posibilidad de que reincidan. En noviembre de 1998, este diario advirtió en un informe que los acusados de delitos sexuales no reciben ningún tratamiento intramuros. La circunstancia se repite en casi todo el mundo, e incluso otros países han buscado soluciones drásticas como la castración química, o la de publicitar que un violador excarcelado se ha instalado en tal barrio (la conocida Ley Megan en Estados Unidos). En Argentina, donde la discusión de estos temas rara vez pasa por lo racional y discurre casi siempre por lo visceral, el debate no se ha instalado. Ninguno recibe tratamiento en la cárcel NEUQUEN (AN)- Entre 15 y 20 por ciento de la población carcelaria de la provincia está presa por cometer delitos sexuales. Representa alrededor de un centenar de hombres. Ninguno de ellos recibió tratamiento especial para no repetir su conducta cuando salga nuevamente a la calle. El fallo del Tribunal Superior de Justicia conocido ayer, aplicable al caso de O.A.R., señala que esta falencia del Gobierno no se puede utilizar para entorpecer la salida transitoria de los condenados. O.A.R. reclamó tres veces ese derecho. Recién en la última oportunidad, el 6 de junio del año pasado, la Cámara Segunda intimó al Poder Ejecutivo para que le brinde al interno el tratamiento que nadie le estaba dando. «Sin embargo -señala el fallo del TSJ- desde el informe anterior del Gabinete, de fecha 8 de agosto de 2001, la Cámara conocía perfectamente la necesidad del tratamiento y su falta de implementación». «No obstante, recién con fecha 6 de junio se repara en tal necesidad» y se produjo la intimación. El fallo añade que «la intimación es muy correcta, pero la demora en realizarla no tiene por qué ser soportada por el interno y obstaculizarle, cuando se dan los restantes requisitos legales, la concesión» de las salidas transitorias. Un debate ausente NEUQUEN (AN)- Los detenidos por delitos sexuales son presos ejemplares: en general mantienen buena conducta, no intentan fugarse, tienen hábitos de higiene y cultura de trabajo. En el caso de O.A.R., tres informes carcelarios califican su desempeño tras las rejas de «muy bueno». Conseguir que otros presos, por ejemplo los ladrones, tengan ese mismo estándar de conducta, es la aspiración máxima del servicio carcelario: cuando el detenido se levanta temprano, se higieniza a diario y no protagoniza peleas, se considera que está rehabilitado. Pero los delincuentes sexuales tienen otras particularidades. Por ejemplo, jamás reconocen su culpabilidad. Y es muy alta la posibilidad de que reincidan. En noviembre de 1998, este diario advirtió en un informe que los acusados de delitos sexuales no reciben ningún tratamiento intramuros. La circunstancia se repite en casi todo el mundo, e incluso otros países han buscado soluciones drásticas como la castración química, o la de publicitar que un violador excarcelado se ha instalado en tal barrio (la conocida Ley Megan en Estados Unidos). En Argentina, donde la discusión de estos temas rara vez pasa por lo racional y discurre casi siempre por lo visceral, el debate no se ha instalado.

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