Una luz para los acorralados en bancos extranjeros

Existe jurisprudencia nacional que permitiría a miles de ahorristas recuperar su dinero del "corralito". Esta aseveración corresponde al ex juez que dispuso la quiebra de la empresa Swift, Salvador María Lozada, quien disertó en Neuquén y que cree pertinente aquel fallo para los que se encuentran con ahorros atrapados.

La eventual aplicación de la doctrina del caso «Swift-Deltec» (ver aparte) a bancos y empresas multinacionales es considerada «clave» y «pertinente» por Lozada para quienes se encuentran con sus ahorros confiscados.

En la crisis bancaria local esto se traduciría hoy en que «condenado un banco extranjero a devolver depósitos, este deber jurídico no alcanza sólo a la filial argentina, sino también a la matriz extranjera y al conjunto extranjero que constituye junto a todas las empresas subsidiarias, filiales u otras».

Así lo manifestó el viernes en Neuquén el prestigioso letrado y hoy presidente Honorario de la Asociación Internacional de Derecho Constitucional durante una Jornada sobre «El Derecho y la Crisis Financiera «, auspiciada por el Colegio de Abogados y la Asociación de Magistrados.

En su disertación se trataron tópicos de suma actualidad que abordaron- desde el plano jurídico- la problemática de la deuda externa, cuya legitimidad Lozada cuestiona con incansable rigor hace décadas, y el atinente a la crisis financiera argentina.

El ex juez, que asumió como tal en 1963 siendo entonces el magistrado más joven del país y que 11 años más tarde se vio obligado a renunciar por no aceptar una promoción a la segunda instancia sobre la que no había sido consultado, conserva intacta su pasión en la defensa del estado de derecho.

En Neuquén, sus primeras palabras estuvieron orientadas en tal sentido. Lozada aseveró que hoy «esta crisis financiera se plantea como un gravísimo ataque a la juridicidad. Este embate inédito al Derecho por parte del poder financiero se ha dado en el marco de una conspiración mediática asombrosa».

Se refirió en particular a la acusación que se reprodujo en los grandes medios según la cual «los jueces han desvalijado a los Bancos», como manifestara uno de los más importantes periodistas del país. Opiniones que- muy lejos de apuntar a la responsabilidad de los restantes poderes del Estado o a los intereses financieros «resultan cómplices de estas conductas confiscatorias hacia los ahorristas», opiniones- agregó- que han sido acompañados de «deslizamientos semánticos» con un alcance muy perverso en la medida en que ponen en cuestión el sentido de dos conceptos tales como los de «propiedad» y «seguridad jurídica».

Nociones que la mayoría de los medios han usado para referirse a la «gran propiedad» pero no a la de pequeños ahorristas; o bien a la «seguridad jurídica» de esos mismos que sacaron cuantiosas sumas porque fueron advertidos y ´pudieron hacerlo´.

Acto seguido, se refirió a acciones destinadas a preservar el derecho de propiedad de pequeños ahorristas, que demuestran que la responsabilidad del «desvalijamiento de los bancos» está lejos de atribuírsele a miles de letrados y magistrados que han velado por la defensa de derechos y garantías del ciudadano.

En este sentido puso el ejemplo de un fallo reciente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. La sentencia de Lozada fue citada por el Máximo Tribunal rionegrino el 12 de febrero de 2002, cuando éste decidió un amparo en favor de un ahorrista, que litigaba para recuperar sus depósitos con la filial local del «Grupo Banca Nazionale del Lavoro SPA». El ahorrista recuperó su dinero pero, lamentablemente, al poco tiempo, el máximo tribunal provincial dispuso, mediante una Acordada, que en adelante los casos vinculados al ´corralito´ serían de competencia de la justicia federal.

«Esto es lo que se hizo en «Swift- Deltec» y es lo que hay que hacer ahora con los bancos extranjeros: levantar el velo de la personalidad jurídica que los separa formalmente de sus matrices y otras compañías del grupo- señala el letrados. Desde este punto de vista, señaló, «las diferencias con el caso Swif son accidentales, pues en el fondo el tema de justicia es uno: que es el respeto por el derecho de propiedad».

Por otra parte, el letrado consideró sumamente auspicioso que la justicia española haya reconocido la jurisdicción ibérica para entender en la demanda presentada por ahorristas argentinos contra la matriz del Banco Río.

El caso Swift

En 1971, el juez Salvador María Lozada rechazó el concordato preventivo presentado por la Compañía concursada (Cía. Swift de la Plata SA), a la cual declaró en quiebra, extendiéndole la falencia a otras sociedades del mismo grupo económico a la que ella pertenecía- grupo Deltec- cuya sociedad Holding era «Deltec Internacional». Así se establecía que no existía «personalidad jurídica diferenciada entre todas las empresas de un grupo, que respondan a una voluntad común».

Aquella decisión, confirmada por la Corte en 1974, fue la primera que en el país se aplicó a una empresa multinacional «la técnica correctora de los abusos de la personalidad jurídica de las sociedades comerciales».

La sentencia permitió que toda la masa acreedora pudiese cobrar la totalidad absoluta de sus créditos con indexación e intereses. «No cabe duda de que el instituto de la extensión de la quiebra a todo el conjunto económico de una multinacional es un recurso genuino del derecho de nuestros días para hacer justicia en la sociedad globalizada», recuerda.

Es verdaderamente penoso- señaló Lozada a este diario días atrás- que esa doctrina sentada en «Swif-Deltec» hace ya 30 años no haya inspirado a las autoridades ejecutivas, especialmente financieras, para haber dejado en claro, desde el primer momento en que se pensó en el aciago «corralito», que los bancos extranjeros debían pagar todo lo que debían a través de recursos propios y del conjunto económico que integran».

Foto: Salvador Lozada dejó en claro que las entidades madres de los bancos no se pueden desentender del corralito.


La eventual aplicación de la doctrina del caso "Swift-Deltec" (ver aparte) a bancos y empresas multinacionales es considerada "clave" y "pertinente" por Lozada para quienes se encuentran con sus ahorros confiscados.

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