“Usted permitió el desamparo de nuestro nieto”

A la Sra. jueza del Juzgado de Familia Nº 9, Marcela Trillini Como abuelos paternos de F. P. P. hemos resuelto enviarle esta carta, angustiados por la situación de nuestro nieto y alarmados por su respuesta pública. Usted sabe que, a pesar de las trabas de la mamá, hasta fines de enero del 2011 pudimos tener encuentros con F. P. P., cariñosos y alegres, como fue siempre nuestra relación. Pero la manipulación para separarlo de su familia paterna siguió avanzando. Nuestra primera sorpresa, Dra. Trillini, fue su inexplicable medida de marzo del 2011 que nos prohibió a los abuelos, tíos y a su hermana mayor asistir a la escuela de nuestro nieto, que era el último lugar donde teníamos contacto. Después ya no lo pudimos ver ni hablar nunca más. Su medida terminó de separar a nuestro nieto de toda su familia paterna. Por supuesto que F. P. P., con 11 años, no pudo hacer otra cosa. Lo grave es que usted no haya cuidado esa relación y haya tolerado la apropiación. ¿Quién va a explicarle mañana a nuestro nieto, que no tiene la culpa de lo que le hicieron hacer? Nuestra segunda sorpresa fue su descargo público de la semana pasada. Porque en él usted, Dra. Trillini, falta a la verdad. Es indiscutible que debe priorizarse “…a ultranza la integridad psicofísica y las necesidades de los niños y niñas que componen cada grupo familiar”. Y, como para demostrar que así se ha hecho, dos párrafos más adelante usted afirma que “asimismo, el niño se encuentra asistido psicológicamente”. Pero usted sabe, y consta en expedientes, que la madre sacó al menor de terapia hace más de 18 meses. Usted sabe, y consta en expedientes, que nuestra familia reclamó reiteradamente durante esos 18 meses que F. P. P. fuera asistido terapéuticamente, sin respuesta de su parte. Usted sabe, y consta en expedientes, que hace pocas semanas la madre reconoció ante usted que el menor no iba a terapia desde entonces. Usted sabe, y consta en expedientes, que su juzgado toleró que un niño en semejantes condiciones fuera privado de contención terapéutica durante un año y medio, permitiendo su manipulación y el consiguiente agravamiento del daño emocional. Ésa es la verdad. Y no argumente, Dra. Trillini, que el menor retomó ahora dos sesiones, porque la denuncia pública la hace responsable de lo que pasó en los últimos 18 meses durante los cuales usted permitió el desamparo de nuestro nieto, daño que no se repara ahora con dos sesiones, a las apuradas, cuando se viene el escándalo público. ¿Qué nos queda, si una autoridad de su investidura sale a los medios a desinformar al público? N. G. de P. (abuela), DNI 1.092.205 H. F. P. (abuelo), LC 5.964.678 (Se firma con iniciales y documento para preservar la identidad del menor)

N. G. de P. (abuela), DNI 1.092.205 H. F. P. (abuelo), LC 5.964.678 (Se firma con iniciales y documento para preservar la identidad del menor)


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