Un profesor de música de Viedma va a juicio por abuso sexual

La defensa del imputado planteó la prescripción de la causa y la jueza Itziar Soly rechazó esa solicitud.

Por el delito de “abuso sexual” un profesor de música de Viedma deberá enfrentar un juicio. Este miércoles se realizó la audiencia de presentación de pruebas donde la defensa del imputado planteó la prescripción de la causa, solicitud que fue rechazada por la jueza de Garantías, Itziar Soly.

En la audiencia se observó un grupo de personas entre ellas mujeres pertenecientes a la Agrupación Sobrevivientes de Abuso Sexual Infantil (A.S.I.), que portaban un cartel contra la prescripción de este tipo de causas. Tras la resolución de la jueza se escucharon manifestaciones a favor.

“La acción penal prescribe después de 12 años pero en ese marco el llamado a indagatoria es un hecho interruptivo de la preescripción” explicó Soly, al considerar que paso del tiempo “es relativo cuando se trata de denuncias por abuso efectuadas cuando las víctimas lo padecieron en edad temprana, y cuya denuncia implicó un doloroso proceso”.

Para la jueza “sigue vigente la acción para investigar este delito”, razón por la cual la causa inició el camino hacia el juicio.

En la audiencia de formulación de cargos de este miércoles, el fiscal Juan Pedro Puntel le imputó a Alberto Di Modica el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por ser el imputado encargado de la educación de la víctima” al responsabilizarlo de haber sido autor de diversos hechos de abuso sexual en contra de una niña, que concurría a su domicilio para tomar clases de guitarra.

Los hechos, denunciados por la víctima a fines de 2016, ocurrieron entre 1994 y 2005, cuando ella tenía entre cinco y 15 años.

Por su parte la defensa del imputado ejercida por el abogado Cirilo Bustamante se pronunció por la prescripción de la causa por los 12 años trascurridos desde que ocurrió el hecho y planteó nulidades invocando inconsistencias entre los relatos de la víctima y el hecho formulado.

Ambas solicitudes fueron rechazadas por la jueza, quien destacó que al plantear las nulidades, la defensa no invocó el perjuicio ocasionado y el derecho de defensa lesionado pero lo fundamental de la resolución de Soly en la audiencia de hoy fue considerar que la acción penal no se encuentra prescripta al considerarse que existió un impulso por parte de la víctima que evitó tal preescripción.

La parte acusadora -que además del fiscal Puntel la integran los abogados querellantes Diego Sachetti y Ariel Alice en representación de la víctima- fundó la acusación en el relato de la víctima descripto en la denuncia penal presentada el 28 de diciembre de 2016 que da cuenta de las circunstancias que rodearon al hecho, las actas de la Brigada de investigaciones, diversas declaraciones testimoniales y, entre otras, una pericia psicológica efectuada por el Cuerpo Médico Forense que da cuenta del stress post trauma que padece la joven.

Fiscalía y querella enumeraron además diversa prueba que resta realizar como una pericia psicológica al imputado y declaraciones testimoniales por lo que solicitaron un plazo de cuatro meses para concluir la investigación. Además Puntel requirió que se le imponga al imputado una prohibición de acercamiento a la víctima por cualquier medio, aspectos ambos a los que hizo lugar la jueza.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios