Volvieron a multar a Edersa por cortes de energía sin aviso

El ente que regula el negocio de la distribución eléctrica aplicó una sanción que no supera los 1.500 pesos. La cifra no es significativa, pero queda acumulada como un mal antecedente. Los damnificados por la interrupción del servicio fueron siete familias de Cipolletti.

CIPOLLETTI- El Ente Provincial Regulador de la Electricidad volvió a multar a la distribuidora de energía, Edersa. Esta vez la sanción fue porque la empresa cortó el suministro de corriente a un grupo de personas, sin realizar el aviso previo por la suspensión del servicio, como lo establece el contrato de concesión.

La multa no es significativa, pues en su conjunto apenas supera los 1500 pesos, pero sí es un nuevo llamado de atención para la empresa que está obligada a prestar el servicio bajo los parámetros de la calidad estipulados en el convenio. Y además es un antecedente que se acumula en contra de la distribuidora a la hora de analizar el servicio.

La resolución la tomó el ente regulador, que le ordenó a Edersa a devolverle el dinero de la reconexión del servicio a los usuarios que habían sido sancionados. Y también deberá restituirles un cantidad de dinero importante.

La sanción a Edersa surgió a raíz de la denuncia de siete usuarios de Cipolletti.

El problema se presentó, en todos los casos, el año pasado. Y se detectó cuando el Epre cruzó información en torno a la calidad técnica del servicio. Fue así como el ente advirtió el error de Edersa que ordenó el corte del servicio a esas siete personas sin haber cumplido directamente el trámite de la suspensión.

Pasos a seguir

Técnicamente está establecido que cuando una persona no paga su factura de luz, la empresa distribuidora debe suspender el suministro. Si a los 30 días esa factura aún sigue impaga, retira el medidor. Esto implica que cuando se cancela la deuda, el usuario debe pagar casi 30 pesos en concepto de reconexión.

Ayer el presidente del Epre, Enrique Oherens, le dijo a «Río Negro» que el ente controla periódicamente la calidad del servicio, ya sea en su parte técnica como comercial.

«Fue a raíz de esta revisión que surgió este inconveniente con los usuarios», dijo. Y recalcó que en ese caso en particular se detectó que Edersa «no realizó la suspensión del servicio, como debió haber sido, sino que directamente lo cortó».

«El ente regulador -enfatizó- puede suponer los hechos, pero la distribuidora tiene que demostrar y en este caso en particular la documentación que presentaron no demostró que se hubiera producido la suspensión».Recordó que durante el primer año de la concesión del sistema eléctrico rionegrino la empresa Edersa estaba exenta de las sanciones por problemas de calidad del servicio.

Así quedó establecido en el contrato de concesión, dijo, pero subrayó que durante ese período sí aplicaron apercibimientos, que en definitiva se transforman en antecedentes.

La resolución del Epre que analizó el caso estableció que los usuarios no se autoconectaron a la red, sino que la empresa cortó el suministro sin haber respetado el período de 30 días. Es por eso, recalca la resolución, que los siete usuarios registran consumo de energía en ese lapso.

«Este no es un hecho aislado, sino que la misma irregularidad se constató en siete casos», sostiene la resolución para recalcar que Edersa «registra reincidencias en infracciones similares».

En esa misma resolución el Epre estableció que Edersa deberá abonar una multa de 1.036 pesos, que será restituía a los usuarios afectados a razón de 148 pesos por cada uno. Además la empresa deberá devolverles a ellos el cargo de conexión, que ronda los 30 pesos y depositar en una cuenta bancaria la suma de 331,60 pesos.


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