Caso Higuera Catalán: anulan procesamientos y liberan a detenidos

Lo decidió una cámara con fuertes cuestionamientos al juez que instruyó hasta ahora el caso. Ángel y Cotaro quedaron en libertad.

VUELVE A CERO

La causa por la desaparición de Juan Higuera Catalán, que tenía dos detenidos y procesados por ser autores de un crimen por encargo, volvió a cero. Una Cámara Criminal declaró la nulidad de todo lo actuado por el juez de instrucción Ricardo Calcagno, anuló las indagatorias de Roberto Ángel y Mirta Cotaro como presuntos autores del homicidio y dispuso la liberación de ambos.

La decisión la tomó la Cámara Criminal Segunda integrada por Héctor Leguizamón Pondal, Silvia Baquero Lazcano y César Lanfranchi.

Los jueces además apartaron a Calcagno de la causa con fuertes críticas a su desempeño. No es la primera vez que la Cámara Criminal Segunda anula o revoca actos procesales de este juez. Por eso, resolvieron en el fallo informar al Superior Tribunal de Justicia de la provincia de este tipo de situaciones.

Cotaro y Ángel habían sido detenidos el 27 de agosto pasado por orden de Calcagno luego de que aparecieran testigos de su entorno que los vinculaban con la desaparición de Higuera Catalán.

La Cámara Criminal Segunda había intervenido cuando los defensores apelaron el rechazo de Calcagno a las excarcelaciones de los detenidos. Aunque en esa ocasión fallaron para que sigan detenidos.

Cotaro y Ángel recuperaron la libertad el jueves tras el fallo que anuló todo lo actuado por Calcagno. Así, la investigación para esclarecer la desaparición de Higuera Catalán empezará de cero y estará a cargo el juez de Instrucción Martín Lozada.

Higuera Catalán desapareció el 6 de enero del año pasado y nunca más regresó a su domicilio. Ángel lo pasó a buscar esa tarde por su trabajo en un Renault 12 y desde entonces no se sabe de su paradero.

Para Calcagno, la mujer detenida había sido la supuesta instigadora del homicidio y Ángel el autor material. El móvil del hecho era el juicio laboral que Higuera Catalán había interpuesto contra Cotaro, lo que le había causado cautelarmente la inhibición general de bienes y el bloqueo de giro comercial.

Lanfranchi sostuvo en su voto, al que adhirieron los camaristas restantes, que Calcagno infringió el principio de congruencia, que es elemento básico del debido proceso constitucional.

Observó varias inconsistencias. Calcagno tomó en cuenta una conversación entre Ángel y Cotaro, que escuchó una testigo, cuando el joven le dijo supuestamente a la mujer: “Ya está, ya lo hice”. Lanfranchi advirtió que de esa frase “no puede extraerse necesariamente el indicio de que se trate de un crimen”. Y observó que no fue avalado por otros testigos.

Advirtió que hay pruebas insuficientes para sostener el procesamiento. Señaló que varios testigos afirmaron haber visto a Higuera Catalán después del 6 de enero, pero el juez no los llamó a declarar.

Y señaló que Calcagno “colmando la expresión de la ausencia de jurisdicción, ha citado a indagatorias sin requisitoria fiscal”.

DeBariloche


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