Declaran abstracto reclamo de tarifas de 3 de Mayo

La demanda fue interpuesta contra una resolución del exintendente Cascón. La justicia entendió que se cayó el “caso” con la revocatoria del permiso precario de la empresa.

LITIGIO

La Cámara Civil de Apelaciones declaró “abstracta” la demanda interpuesta hace cuatro años por Microomnibus 3 de Mayo contra el municipio reclamando la anulación de un cuadro tarifario que no cubría los costos operativos del servicio.

En un sentencia suscrita el pasado jueves, los jueces Edgardo Camperi y Carlos Cuellar consideraron “innecesario” expedirse sobre el reclamo tarifario que “quedó absolutamente superado por la evolución de las circunstancias” luego que la administración municipal puso fin al servicio público de transporte urbano de pasajeros que prestaba la empresa. En cambio el juez Emilio Riat se abstuvo de emitir opinión.

El abogado de 3 de Mayo, Rodolfo Rodrigo, explicó a “DeBariloche” que la demanda declarada “abstracta” pedía la nulidad de las resolución del exintendente Marcelo Cascón y exigía que se adecuen las tarifas a “la razonabilidad y los estudios tarifarios presentados”.

El fallo recuerda que en su momento la municipalidad pidió el rechazo de la demanda asegurando que la empresa no sufría el perjuicio económico invocado. El trámite judicial siguió su curso, ajeno a otras denuncias y demandas que se abrieron paso en los fueros civil y penal desde mediados de 2014 a la fecha.

Para fundamentar el razonamiento que declaró abstracto el reclamo, los jueces reseñaron las resoluciones 6129/2014 y 5772/2014, con las que la intendenta María Eugenia Martini revocó el permiso precario de 3 de Mayo a partir del día 31 de diciembre pasado y transfirió las líneas que explotaba a la empresa “Autobuses Santa Fe junto con los bienes incautados a la transportista local.

“En tal orden de ideas, se advierte que nos hemos quedado sin un ‘caso’”, sostuvo Camperi que aclaró que los tribunales no son “órganos de consulta que se encuentren obligados a expedirse sobre una materia que ha devenido claramente abstracta”.

La misma sentencia impone la costas del proceso a la 3 de Mayo que deberá afrontar unos 45 mil pesos de honorarios más los intereses que resulten al momento de la aplicación.

DeBariloche


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