En busca de dólares, el Gobierno presentó una nueva ley de blanqueo de capitales

El proyecto ingresó hoy al Congreso para que comience a ser tratada. La iniciativa fue denominada "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado" y establece diferentes tipos de alícuotas para un impuesto especial.

El Poder Ejecutivo giró hoy al Congreso un proyecto de ley de Blanqueo, denominado «Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado». La iniciativa pretende abordar a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas (sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias).

Los bienes plausibles de ser declarados podrán ser tenencias de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.

Según informaron fuentes oficiales, habrá alícuotas de pago de un impuesto especial de entre 5 y 20%. Aunque será mayor en caso de que los bienes declarados no se repatrien.

Las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación aplicable sobre el monto exteriorizado al tipo de cambio del Banco Nación. Los porcentajes serán: 5%, desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; 10%, para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.

Por otra parte, la iniciativa buscará crear un régimen simplificado que tendrá una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50 mil dólares.

Para acceder a ese régimen, la declaración voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.

La norma establece que quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.


Quiénes quedarán excluidos de la nueva ley de blanqueo del Gobierno


Entre los beneficios destacados por el Ministerio de Economía, el proyecto no considerará incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados y libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

Los sujetos quedarán liberados de los impuestos que hubieran omitido declarar: Ganancias, Internos e IVA y sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

También quedarán excluidos los sujetos que entre el 1° de enero de 2010 y cuando entre en vigencia la ley, hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos.

Además, se excluirán a a sujetos declarados en estado de quiebra sin posibilidad de continuar con la explotación en cuestión, como así también a los sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no estuviera cumplida.

Por último, se establece un acuerdo de colaboración para que la AFIP obtenga información y pueda localizar y detectar bienes no declarados tanto en el país como en el exterior.


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