En qué consiste la nueva norma

en detalle

• En un registro se almacenará y sistematizará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica de casos vinculados a delitos contra la integridad sexual. • Estarán incluidas todas las personas condenadas con sentencia firme por un crimen contra la integridad sexual. Sobre ellos, además de la información genética, quedarán registrado: Nombres y apellidos, seudónimos o sobrenombres; fotografía actualizada; fecha y lugar del nacimiento; nacionalidad; número de documento de identidad y autoridad que lo expidió; domicilio actual, para lo cual el condenado, una vez en libertad, deberá informar a la autoridad los cambios de domicilio que efectúe. • También se almacenará la información genética de autores no individualizados. Para esto se conservarán las muestras obtenidas de los cuerpos de las víctimas de estos delitos y toda evidencia biológica obtenida en el curso de una investigación que pueda corresponder al autor de la violación. • La muestra genética se tomará cuando la sentencia en un caso de delito contra la integridad sexual se encuentre firme, el juez o tribunal ordenará de oficio los exámenes necesarios para lograr la identificación genética del condenado e inscripción en el registro. • La información sólo será suministrada a miembros del Ministerio Público Fiscal, a jueces y a tribunales de todo el país en el marco de una causa en la que se investigue alguno de los delitos contra la integridad sexual. (Fuente: “La Nación”)


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