Fundamentos de la reparación histórica de la cuenca del Alto Valle
Por Mario Godlman (*)
Recientemente, los senadores nacionales por Río Negro: Falcó, Pichetto e Isidori, con la adhesión de los de Neuquén, presentaron un proyecto para la creación de un fondo de reparación para Alto Valle -cuyo texto y fundamentación no he podido conseguir- que actualiza un problema de origen.
En efecto, durante la vigencia del Consejo Nacional de Desarrollo, previa la ejecución de las grandes obras hidroeléctricas, que aportan el 57% de la energía del país, se estudió en profundidad las ventajas y desventajas de tales obras.
En primer lugar, se garantizaba el control de inundaciones cíclicas y se producía energía eléctrica a precios competitivos para su consumo en largas distancias. Como siempre, bien lejos de la Patagonia, como por ejemplo dar energía barata a la ampliación de Aluar, que en vez de ejecutarse en Puerto Madryn o Río Gallegos se hará en la provincia de Buenos Aires.
Podemos afirmar que las metas del Conade se han cumplido, excepto la molicie de la AIC (Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas) quizás al no estar integrada por sectores de la actividad privada: Universidad Nacional del Comahue, productores y trabajadores frutícolas -y, por qué no, también de los habitantes que en definitiva son afectados por las crecidas- para prevenir en tiempo y forma los daños y perjuicios materiales que se están produciendo en los últimos años.
En cuanto a las tarifas eléctricas, ellas debían contener un fondo compensatorio para prevenir y/o coadyuvar a daños ambientales cuya descripción se detallará más adelante.
Era obvio que elegido un diseño constructivo en las represas, que eliminaba siquiera con sistemas alternativos el desvío del sedimento -limo-, se produciría aguas abajo la falta de impermeabilización de los canales y agravado por la fácil percolación de las aguas a la napa freática, así como el elevado crecimiento de lama existente hoy en el Valle y los efectos negativos que ocasiona el PH alto -aguas alcalinas- en las plantaciones frutícolas.
Dada la experiencia de lo acontecido y altas indemnizaciones en países europeos -por ejemplo Francia- se resolvió la sanción de la ley 23.879, sancionada el 24/9/90 y promulgada el 24/9/90, que establecía un sistema de control de las consecuencias ambientales, ecológicas, etc. de las obras hidráulicas construidas -que se estaban privatizando-, así como las que estaban en curso de construcción y/o planificadas en el futuro, iniciándose un estudio integral de los problemas ocasionados en un lapso no mayor de 270 días, para conocimiento de los ministerios del gobierno nacional y provincias intervinientes, so pena de suspender la realización de las obras.
Dicho estudio no fue realizado, ni tampoco se cumplió con informar al Congreso Nacional -cada 90 días- por parte de la Dirección Nacional de Recursos Hídricos, así como de los organismos específicos de las provincias de Río Negro y Neuquén, de los resultados parciales de los estudios realizados, para el caso de que se hubieren hecho. Posteriormente, el Poder Ejecutivo, con participación del Legislativo, haría una evaluación, conclusiones y decisiones en la materia.
Esta deficiencia se discutió en el Seminario del Desarrollo de Neuquén, realizado en la Universidad Nacional del Comahue, en noviembre de 1994, con expresas preocupaciones de los productores frutícolas ante la magnitud de los daños y perjuicios que se estaban produciendo y que contó con el apoyo del actual gobernador del Neuquén, Jorge Sobisch, y su ministro Ing. Brillo, en aquel entonces a cargo del Copade.
Esta anomalía también la comuniqué a la Jefatura de Ministros de la Nación, a su subsecretario de Coordinación de Servicios, Dr. Fernando García Pulles, lo que originó el expediente y nota SCG Nº 055/95 del 18/10/95, donde se estaba a la espera de resoluciones sobre el particular.
Años después, a principios de 1998, los directivos del Consorcio de Regantes de 2º Grado presentaron un reclamo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Obras Públicas y distintas comisiones del Senado, exigiendo el cumplimiento de la ley 23.879 y un sistema económico compensatorio de los perjuicios ocurridos a la producción frutícola.
Dichas gestiones y reclamos han interrumpido la prescripción de los plazos legales y prorrogado «sine die» su cumplimiento efectivo. Va de suyo que toda obra hídrica que se estudie y/o se quiera construir deberá contar previamente con el cumplimiento de las disposiciones legales existentes.
Por otra parte, se ha concretado el Tratado Fundacional de la Región de la Patagonia, cuyo art. 3º, inciso K) dice: impulsar políticas de protección de los recursos naturales y del desarrollo sustentable… En su inciso L): promover medidas referidas al mejor aprovechamiento integral del recurso hídrico. Y en el inciso M): consolidar los organismos regionales existentes y alentar la creación de los nuevos, tendiente a llevar adelante las finalidades propuestas u otros fines específicos.
En tal caso, la necesaria constitución de un instituto frutícola, centralizando esfuerzos dispersos, y una política activa de regionalización son compatibles con la definitiva solución de los efectos y consecuencias ambientales de las obras hídricas construidas y/o en proyecto, de forma de arbitrar garantías, básicamente económicas, por los perjuicios producidos a la producción frutícola, sistema de riego y drenaje, distinta composición de las aguas, etc. y que debieron ser «incluidos en los esquemas tarifarios energéticos en destino como compensación».
Lamento discrepar con el proyecto del senador Falcó, ya que las retenciones para las exportaciones frutícolas, cuya anulación es factible y razonable, tienen asignados destinos precisos que hacen a la vigencia de necesidades humanitarias, para lo que la lectura de la encíclica Populorum Progressio, de Paulo VI, tiene dolorosa actualidad.
El cumplimiento de la ley 23.879 debe realizarse a través de un sistema tarifario, con aporte nacional o provincial, aportando una parte de los impuestos nacionales y provinciales, para un programa de resarcimiento histórico y emergente.
Dicho programa de reconstrucción de explotaciones hortifrutícolas, viviendas, urbanización rural, caminos, etc. debería ser ejecutado a través de los consorcios de riego y municipalidades, con auditoría de la AIC y los organismos frutícolas de ambas provincias, modificando el sistema de riego, modernizándolo con un Software adecuado, impulsando el riego bajo control electrónico, mejorando su estructura y defensas arquitectónicas y ecológicas, reestructurando el sistema administrativo actual y perfeccionando su estructura legal a fin de bajar costos por hectárea regada.
La magnitud de este proyecto implicará un esfuerzo conjunto de los consorcios de riego de primer y segundo grados, productores, sindicatos frutícolas, y cuya magnitud supera con creces la mínima reparación programada unilateralmente por el Prosap -que no resolvía el programa globalmente- e implicará la generación de importantes fuentes de trabajo para la región del Comahue, mejorando sustancialmente el nivel de la producción frutícola, con el consiguiente ingreso de divisas para el país y optimizando las ventajas comparativas, reconocidas por organismos internacionales.
(*) Ex asesor coordinador del Consejo
Nacional de Desarrollo