Impulsan la participación social en los jurados de enjuiciamiento

NEUQUÉN (AN).- La participación de las representaciones sociales con propuestas y fundamentos, aunque sin voto; el reemplazo del fiscal de Estado por un miembro del Poder Judicial; la admisión del proceso a cargo de jueces de Cámara; un nuevo plazo de mandato de los miembros; y la prohibición a los jueces a que formulen preguntas a los enjuiciados, son algunos de los puntos que contiene el proyecto de ley para modificar el funcionamiento del jurado de enjuiciamiento, presentado por el diputado Marcelo Inaudi, del radicalismo.

¨Se trata del introducir el principio ´amicus curiae´, que en este caso es darle participación a organizaciones de la sociedad civil que acrediten un interés legitimo en la causa, para que puedan actuar aportando pruebas e incluso pronunciar su alegato», dijo Inaudi respecto de darle participación representaciones comunitarias.

Añadió que «funcionarán como verdaderos colaboradores en el desenvolvimiento de las causas. El fundamento es que es necesario ampliar la participación ciudadana en estos juicios».

Otra de las propuestas es anular la presencia del fiscal de Estado. «No tiene qué hacer en un jurado de enjuiciamiento. Porque lo subroga al fiscal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). En todos los jurados de enjuiciamiento el fiscal es el fiscal del TSJ», argumentó.

Comentó que no es conveniente asignarle funciones en el jurado, porque se lo saca de sus funciones ordinarias. «Es el abogado de la provincia, está más metido en cuestiones civiles, en pleitos a favor o en contra de la provincia. Propongo dejar esa función en manos de un miembro del TSJ, con jerarquía de juez de Cámara», dijo Inaudi.

En cuanto a la admisión de jurado propone que no sean los miembros del jurado de enjuiciamiento quienes lo resuelvan, sino un miembro del TSJ.

«El efecto de la admisibilidad es si abre las actuaciones. Si da inicio al juri, se suspende al denunciado y se le define la quita del 50% de sus haberes, una declaración muy gravosa. Y no hay forma de que los integrantes del jurado se pronuncien si es admisible o no sin que adelanten criterio. Entonces, a los efectos de preservar la independencia de los jurados es que la declaración de la admisibilidad la defina algún miembro del Poder Judicial , que sea un juez de Cámara, designado por sorteo», explicó.


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