Comienza el debate por Hotesur y Los Sauces: las claves del juicio contra Cristina y Máximo Kirchner
El debate oral unificado comenzará este viernes en Comodoro Py e incluirá a 19 imputados. La Justicia autorizó a la expresidenta y al diputado a presenciar la primera audiencia de forma telemática. El inicio conjunto se concretó tras una extensa apelación del Ministerio Público Fiscal, que advirtió sobre el riesgo de fragmentar maniobras entrelazadas.
El juicio oral por las causas Hotesur y Los Sauces comenzará este viernes 23 de octubre y abrirá un nuevo proceso judicial contra la expresidenta Cristina Kirchner, además de tener por primera vez en el banquillo de los acusados al diputado Máximo Kirchner. La primera audiencia está prevista para las 10 en la Sala AMIA de los tribunales de Comodoro Py, con una modalidad mixta para los principales imputados.
Los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) N°5, José Michilini y Fernando Machado Pelloni, habilitaron la posibilidad de que los acusados participen de forma virtual, mientras que la magistrada Adriana Palliotti votó en disidencia. En el caso del legislador nacional, su defensa solicitó la conexión remota para compatibilizar el debate con sus labores parlamentarias. Por el lado de la exmandataria, la petición buscó evitar el operativo de seguridad para su traslado desde el departamento ubicado en San José 1111, donde actualmente cumple prisión domiciliaria.
El TOF N°5 habilitó esta instancia telemática únicamente para la primera audiencia, en la que se leerá la acusación y la elevación a juicio. La excepción se fundamentó en que la reciente unificación de las causas, impuesta por la Cámara de Casación Penal, dejó poco margen de tiempo para garantizar que todos los acusados puedan estar presentes de manera física en el recinto.
El cronograma de audiencias y los acusados
Las causas Hotesur y Los Sauces cuentan con 19 acusados, entre los que figuran Cristina Kirchner, Máximo Kirchner y los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa. El tribunal determinó que el debate tendrá audiencias tres veces por semana, los días lunes, viernes y sábados. Asimismo, los magistrados señalaron que se reservará la primera semana de la feria judicial de enero de 2027, con la posibilidad de sumar la segunda semana para asegurar la continuidad ininterrumpida del juicio.
Superada la jornada inicial, el tribunal remarcó que las sesiones serán estrictamente presenciales y los acusados deberán presentarse en Comodoro Py en las instancias que se requiera. Solo se evaluará una participación virtual de forma particular por cuestiones estrictamente específicas y justificadas. En contraste, los abogados defensores deberán concurrir de forma obligatoria a todas las citas procesales. Si bien ambas causas reunían originalmente más de 300 testigos, las partes acordaron reducir la lista para darle mayor celeridad al debate.
La apelación de la fiscalía para unificar los expedientes
El inicio unificado de este viernes se logró tras un fuerte reclamo del Ministerio Público Fiscal, que apeló un desdoblamiento previo. Según detalló el portal oficial Fiscales, el 17 de septiembre pasado los jueces Michilini, Paliotti y Machado Pelloni habían establecido que los juicios se realizaran por separado, fijando el inicio de Los Sauces para este 23 de octubre y el de Hotesur para el 19 de marzo de 2027. En esa oportunidad, el TOF N°5 argumentó que las causas “tienen objetos procesales autónomos”, que las coincidencias son parciales y que el juzgamiento conjunto podría ocasionar “demoras innecesarias”.
Ante esta postura, el fiscal Diego Velasco presentó un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal. En su escrito, el representante del Ministerio Público Fiscal indicó que la decisión causaba “un gravamen concreto al ejercicio de la acusación pública”, ya que “fragmenta el juzgamiento de maniobras” que los propios requerimientos describen como “entrelazadas”. Además, el funcionario judicial sostuvo que la separación se adoptó “sin oír previamente a las partes, pese a que modifica una modalidad de juzgamiento establecida hace más de seis años”.
Velasco recordó que el 14 de mayo de 2019, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal consideró que la tramitación conjunta resultaba “ser la solución más conveniente a los efectos de garantizar los principios de celeridad, economía procesal y, en definitiva, una mejor y más pronta administración de justicia”. El fiscal destacó que el desdoblamiento tampoco fue debatido en la audiencia preliminar del 4 de septiembre de este año, instancia en la que se fijaron las pautas para organizar la prueba.
“El agravio no reside en que la fiscalía deba intervenir en dos juicios, sino en que la separación compromete la posibilidad de reconstruir integralmente las maniobras investigadas, de producir la prueba común en un mismo contexto de inmediación y contradicción y de obtener una valoración conjunta de elementos conexos”, recalcó Velasco para exigir el inicio unificado. El fiscal advirtió que iniciar la producción de prueba en forma separada materializaría un perjuicio cuya reparación “exigiría reproducir actos procesales de considerable complejidad”.
Las maniobras investigadas y la acusación
En su presentación judicial, la fiscalía detalló que las maniobras investigadas se calificaron como delitos continuados, con períodos que se superponen entre 2009 y 2015. Velasco alertó que un desdoblamiento acarreaba un riesgo procesal grave: “La sentencia que se dicte en el debate que se celebre primero podrá ser invocada en el segundo como cosa juzgada respecto de los tramos que las defensas presenten como partes de ese mismo delito, con eventual extinción de la pretensión punitiva”.
El mecanismo investigado consistió en haber canalizado hacia el patrimonio de un mismo grupo familiar fondos presuntamente provenientes de la defraudación al Estado Nacional en la obra pública vial de Santa Cruz. Estas operaciones se triangularon por medio de sociedades del Grupo Báez bajo la apariencia de contratos comerciales. En la causa Los Sauces, el circuito de fondos incluye también a empresas del Grupo Indalo.
Cada expediente posee un foco particular. En Hotesur se examina la utilización de la actividad hotelera y la intervención de la sociedad Valle Mitre como administradora y gerenciadora en la circulación del dinero. En Los Sauces se debaten las operaciones inmobiliarias y hoteleras, los contratos de locación y las transferencias provenientes de las empresas de Báez e Indalo. “Las maniobras difieren en sus mecanismos, sociedades y negocios jurídicos, pero comparten el origen de los fondos, los sujetos intervinientes y su incorporación al patrimonio de los mismos beneficiarios. Esas conexiones no desaparecen porque cada acusación pueda individualizarse formalmente”, puntualizó Velasco.
El fiscal recordó que la imputación por asociación ilícita, enmarcada en el artículo 210 del Código Penal, no se formuló en Hotesur en resguardo de la prohibición de doble persecución para quienes ya habían sido acusados por esa figura en causas conexas. Velasco aclaró que, con el desdoblamiento, la existencia, composición y extensión temporal de la organización criminal iba a quedar debatida y decidida en Los Sauces casi cinco meses antes y sin que la prueba de Hotesur hubiera sido producida.
“Las dos acusaciones son, por lo tanto, tramos de una misma imputación que el propio diseño acusatorio concibió de modo articulado, y así lo reconoció la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal al declarar la conexidad subjetiva y objetiva de ambas investigaciones”, subrayó el representante del Ministerio Público. Finalmente, el fiscal concluyó que la división no le impedía acusar, pero determinaba, sin su intervención, “con qué alcance podrá sostener cada una de sus dos acusaciones”.
El fallo de la Corte Suprema que reactivó el juicio oral
El camino hacia este debate oral quedó allanado a fines de 2024 cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó una queja interpuesta por Cristina Fernández de Kirchner. De esta manera, el Máximo Tribunal dejó firme la revocación del sobreseimiento en las causas Hotesur y Los Sauces, ordenando la realización del juicio contra la expresidenta, Máximo Kirchner y otros acusados por los delitos de lavado de activos, admisión de dádivas y asociación ilícita.
Según detalló el portal Palabras del Derecho, el fallo contó con las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. En su resolución, los ministros desestimaron el planteo de la defensa al considerar que el recurso carecía de fundamentación autónoma. “La defensa no ha logrado demostrar un agravio actual, concreto y real, diferente al mero hecho que implica el sometimiento al proceso penal de los aquí recurrentes, razón por la cual la sentencia apelada no constituye una sentencia definitiva ni es equiparable a tal, y no se verifica circunstancia excepcional alguna que justifique la intervención de esta Corte”, afirmó el voto de Maqueda, Rosatti y Rosenkrantz.
La decisión del Máximo Tribunal indicó que “no se ha demostrado un supuesto de gravedad institucional —con la precisión y concreción que es dable exigir en este tipo de alegaciones— a fin de sortear la ausencia de una decisión definitiva o equiparable a tal”. A su vez, los magistrados concluyeron: “No basta afirmar genéricamente que acude en la especie un caso de gravedad institucional en tanto ´este proceso excede el interés individual de las personas que representamos y se proyecta sobre ámbitos de discusión pública´”.
El expediente había atravesado un largo recorrido judicial. El 27 de noviembre de 2021, el Tribunal Oral Federal N°5 había sobreseído por mayoría a la exmandataria, a sus hijos y a los empresarios involucrados mediante un fallo de más de 300 páginas. Aquella decisión fue adoptada con los votos de los jueces Adrián Grünberg y Daniel Obligado, mientras que la magistrada Adriana Palliotti votó en disidencia a favor de avanzar en el juicio oral.
En ese momento, Grünberg y Obligado sostuvieron: “Siempre que el examen de nuevos elementos de prueba no valorados en instancias anteriores permita alcanzar la evidencia sobre la atipicidad del comportamiento investigado, el tribunal resulta habilitado jurisdiccionalmente a poner fin a la persecución penal”. Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación contra esa decisión.
Finalmente, el 18 de noviembre de 2023, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento. Ante este revés, la defensa presentó un recurso extraordinario federal que fue rechazado por inadmisibilidad, lo que derivó en la presentación de la queja definitiva ante la CSJN que terminó reabriendo el proceso oral.
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