Buscan que dos proyectos inmobiliarios se armonicen con la protección ambiental

Una jueza impuso la medida cautelar que frena momentáneamente los emprendimientos, mientras tramita el recurso de amparo impulsado por vecinos y ambientalistas que aclararon que no persiguen una declaración de "inviabilidad definitiva", sino una evaluación ambiental más exhaustiva. El municipio indicó que aportará la información que reclama la magistrada y que ambas iniciativas tenían estudios de impacto ambiental.

Redacción

Por Redacción

Con el objetivo de “armonizar la protección del ambiente con los derechos e intereses de los desarrolladores involucrados”, organizaciones ambientalistas y vecinales presentaron un amparo ambiental colectivo. Una jueza dictó una medida cautelar mientras se define la cuestión de fondo y suspendió momentáneamente el desarrollo de dos complejos hoteleros ubicados sobre el lago Moreno, en el oeste de Bariloche.

Los amparistas aclararon que no persiguen una declaración de “inviabilidad definitiva” de los proyectos hoteleros, sino su adecuación a los parámetros que se deriven de “una evaluación ambiental adecuada”.

La decisión fue tras un planteo de organizaciones ambientalistas y vecinales que presentaron un amparo ambiental colectivo con ese fin, luego de que el municipio rechazara las impugnaciones realizadas por vía administrativa.

La medida cautelar impuesta ayer por la jueza de familia Marcela Trillini establece la obligación de “no innovar” en relación con las obras objeto de conflicto y dispone que “se abstenga quien corresponda” de realizar nuevas acciones sobre el terreno “que puedan ocasionar o agravar el daño ambiental, alterar las condiciones existentes o tornar irreversible o de muy difícil reversión la eventual afectación denunciada”. La restricción regirá sin plazo, hasta que exista un fallo definitivo sobre el amparo.

La jueza también requirió al municipío que en el término de 72 horas informe sobre los trámites de habilitación y las actuaciones que haya realizado en torno a los proyectos denominados Cauma y Faena. El paso siguiente sería la convocatoria a una audiencia de partes, previa a la resolución del amparo.

La secretaria de Planeamiento Territorial del municipio, Sofía Maggi, dijo que brindarán toda la información requerida pero se abstuvo de responder sobre el contenido de la resolución de la jueza, porque acababan de notificarla. Ante la consulta de este medio, confirmó que Cauma tiene sus informes ambientales, el permiso municipal en regla y está en plena ejecución. Mientras que el proyecto Faena (de mayor envergadura) también cumplió todos los requisitos y está habilitado desde 2022, pero los trabajos no comenzaron porque les falta designar un responsable de obra.

“Responderemos el oficio en todo lo que se pide y la jueza resolverá si es suficiente o no”, dijo Maggi. Admitió haber confrontado con vecinos por esos emprendimientos y les aclaró que el municipio “no puede revisar retroactivamente todos los expedientes de obra”.

Los dos desarrollos inmobiliarios suman en conjunto más de 40 mil metros cuadrados e involucran el área comprendida por dos reservas naturales urbanas (Laguna El Trébol y Morenito/Ezquerra) que están reguladas por ordenanza y administradas por comisiones mixtas con participación vecinal.

Los motivos y razones para habilitar la medida cautelar


En el amparo presentado ante la jueza Trillini los demandantes aclararon que no persiguen una declaración de “inviabilidad definitiva” de los proyectos hoteleros, sino su adecuación a los parámetros que se deriven de “una evaluación ambiental adecuada”. Hablaron de “armonizar la protección del ambiente con los derechos e intereses de los desarrolladores involucrados”.

Además de que se atienda el amparo, pidieron una medida cautelar urgente con el fin de evitar “cualquier modificación material de los inmuebles que pueda ocasionar o agravar un daño ambiental” o alterar las condiciones existentes en la actualidad, “que deben ser objeto de evaluación”.

La jueza hizo lugar al planteo en aplicación del principio “precautorio” previsto en la ley general del Ambiente, a fin de evitar daños que puedan resultar irreversibles. Tomó en cuenta que “lo requerido por los amparistas se orienta a prevenir la producción de un daño ambiental de gran magnitud”, que podría derivarse de la ausencia de una evaluación de impacto “integral, conjunta y que contemple los efectos acumulativos yt sinérgicos de los emprendimientos identificados como Cauma y Faena”.


Con el objetivo de “armonizar la protección del ambiente con los derechos e intereses de los desarrolladores involucrados”, organizaciones ambientalistas y vecinales presentaron un amparo ambiental colectivo. Una jueza dictó una medida cautelar mientras se define la cuestión de fondo y suspendió momentáneamente el desarrollo de dos complejos hoteleros ubicados sobre el lago Moreno, en el oeste de Bariloche.

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