La matriz corrupta del Poder Judicial

Por Redacción

Se ha impuesto últimamente el modismo de hablar de “matriz corrupta” en vez de simplemente “corrupción”. La diferencia es de enorme relevancia. Mientras por corrupción se entiende el acto individual de algún funcionario que incumple con su deber, cuando se habla de matriz se está aludiendo a la existencia de una práctica generalizada y aceptada por toda la organización de la que se trate. Esto es lo que está saliendo a la luz en todos los niveles del Estado.

Conviene aclarar que es equivocada la idea de reducir la corrupción al robo. Los ladrones son solo una especie, entre muchísimas otras, de un género que incluye una enorme cantidad de prácticas ejecutadas por funcionarios públicos de toda clase y jerarquía. Corrupción es el apartamiento e incumplimiento de los deberes y funciones que las leyes le imponen a cada funcionario del Estado. Es simplemente hacer lo que no se debe o no hacer lo que se debe, según lo determinan las leyes.

Cada poder el Estado tiene su forma peculiar de corrupción, en la medida en que cada uno tiene su función especifica. La del Poder Ejecutivo es la más visible de todas, en tanto administra recursos económicos, de modo que el saqueo del Estado es la forma más grosera e irritante para la sociedad. El Poder Judicial, en cambio, administra justicia. Su corrupción, en consecuencia, es no aplicar las leyes, o hacerlo arbitrariamente, en forma parcial o sesgada.

Pero a la sencilla tarea de aplicar el peso de la ley a ciudadanos indefensos frente al poder absoluto del Estado la Constitución ha sumado a los jueces una función mucho más compleja y para la que se requiere virtudes muy superiores: la de ejercer el control de legalidad sobre los actos de los otros poderes del Estado. Esta función debe ejercerse de dos maneras básicas: una, la del control de constitucionalidad; la otra, la aplicación de ese capítulo del Código Penal, hoy lleno de telarañas, titulado “Delitos contra la administración pública”. La primera corresponde a todos los magistrados de la República, la segunda a los jueces penales.

El primer aspecto no viene ahora al caso. En el segundo puede verse hoy a simple vista la existencia de un poder corrupto. Los jueces penales, federales y provinciales son una asociación de personas que han renunciado colectivamente a cumplir con ese deber y se conducen por un código corporativo, cuya norma rectora fundamental es la de que no deben enfrentarse a la clase política. Sabiduría popular de que no hay que morder la mano que les da de comer.

Ni siquiera es cierto que no lo hagan por una cuestión de temor o impotencia con el gobierno de turno. Tampoco lo hacen con los que ya abandonaron el poder, salvo ridículas parodias de proceso o alguna excepcional condena a algún chivo expiatorio al cual la corporación política le soltó la mano. Se han sometido a la clase política en general, no al gobierno de turno.

No hay necesidad de llamarlos miembros de una asociación ilícita. Es suficiente con tomar conciencia de que el modo en que actúan respecto a la clase política supone la comisión por lo menos del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, sino los de encubrimiento y hasta participes necesarios. Pero claro, ¿quién juzga a los jueces en este país?

Hoy los distraídos jueces y fiscales parecen ponerse en movimiento. Pero no hay que hacerse muchas ilusiones con esto, y menos aun suponer que los redima de su pecado original. De ningún modo puede tomarse esta súbita actividad como una ruptura de esa matriz corrupta, sino apenas como la consecuencia de una azarosa conjunción de factores ajenos a su voluntad que los obliga y los pone en evidencia al mismo tiempo: la grotesca lluvia de pruebas con las que se chocaron, un gobierno que no opera a la Justicia y una enorme presión de los medios y de una opinión pública tan harta de la corrupción como de jueces venales que degradan su función. Si la presión pública decrece o la clase política rearticula su propio pacto mafioso para ponerle límites a las investigaciones sobre la corrupción, estos jueces suspirarán aliviados y encontrarán la forma de que los expedientes vuelvan a dormir el sueño de los justos.

La posibilidad de que todo esto vaya a fondo hoy depende de una pequeña fracción de la clase política que parece querer otra cosa para este país y de la indignación de una parte importante de la sociedad. Parece muy poco para enfrentar la tremenda degradación del Estado que décadas de inacción judicial ha permitido y alentado. Solo con nuevos jueces, con la honorabilidad y valentía necesarias para ejercer la enorme responsabilidad que la Constitución les ha impuesto, podría comenzarse a confiar en que dejemos de ser la trágica parodia de una República que hoy somos.

La Constitución ha asignado a los jueces una función mucho más compleja y para la que se requiere virtudes superiores: ejercer el control sobre los actos de los otros poderes.

Los jueces penales son una asociación de personas que han renunciado colectivamente a cumplir con ese deber y se conducen por un código corporativo.

Datos

La Constitución ha asignado a los jueces una función mucho más compleja y para la que se requiere virtudes superiores: ejercer el control sobre los actos de los otros poderes.
Los jueces penales son una asociación de personas que han renunciado colectivamente a cumplir con ese deber y se conducen por un código corporativo.

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