La segunda muerte de Cristian Ibazeta

Hace tres años, el 21 de mayo de 2012, un preso alojado en la cárcel U11 de Neuquén fue asesinado a puñaladas en su celda, cuando llegaba la noche. No fueron pocos quienes pensaron que así la víctima pagaba con su vida el haber denunciado que varios presos, él entre ellos, habían sido torturados en la cárcel por policías a cargo de su custodia. Como corresponde, se abrió una investigación judicial, primero a cargo de la fiscal Sandra González Taboada y luego, hasta hoy, del fiscal Maximiliano Breide Obeid. De sospechas, un montón pero ninguno de ambos pudo obtener prueba alguna sobre la identidad de los asesinos en los tres años pasados hasta hoy. Ninguno de los presos –llamados internos en el lenguaje oficial, los demás somos externos- vio ni escuchó. Los policías de custodia tampoco. En Neuquén el servicio penitenciario lo da la Policía, con lo cual si algún ciudadano cae preso por, digamos, apedrear una comisaría se abre una oportunidad inmejorable en la prisión de pasarle la cuenta. No se habló de Ibazeta durante años. Pero en estos días sí, porque se realizó la audiencia del juicio iniciado a raíz de aquella denuncia por torturas que él había hecho. No pudo presentarse ante el tribunal porque fue asesinado, pero se leyó su testimonio. Antes el policía, un oficial, jefe de la cárcel cuando se produjo el crimen, dijo que, con otros dos de apellido Mansilla y Núñez, también denunciantes de las torturas, Ibazeta era un constante promotor de conflictos y protestaba por la comida y por los abusos en la requisa a que son sometidas las mujeres, externas, que visitan a sus internos. Era un preso rebelde y eso, en Neuquén, no está permitido. En estos tiempos de inclusión, los presos están excluidos. No pueden, por ejemplo, votar, con lo cual se suma un castigo a los que, previstos en el Código Penal, impone el juez. Otra pena, ésta en manos del jefe de la cárcel –quien la aplica discrecionalmente– es la internación en calabozos llamados “buzones” en lenguaje carcelario. Es una tortura psíquica consistente en privar al interno de todo contacto con el exterior. “Las cárceles y todos los demás lugares destinados al cumplimiento de penas de privación de libertad en la provincia serán sanas y limpias y organizadas sobre la base de obtener primordialmente la reeducación y readaptación del detenido, mediante el trabajo productivo y remunerado. Toda medida que, a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos física o moralmente, hará responsable al que la ejecuta, autoriza o consienta”. Aunque usted no lo crea, eso dice el artículo 70 de la Constitución neuquina actualizada en el 2006. Los que siguen –71, 72 y 73– son, todavía más, un derroche de preocupación por el bienestar de los presos. Faltaría uno más que prohíba torturarlos y/o matarlos. Los deberes de un gobernador El todavía gobernador y dirigente máximo del MPN, Jorge Sapag, habla día por medio (y no está mal que lo haga). El firmante de esta nota está muy lejos del propósito de pontificar acerca del bien y el mal. Pero, por más que tenga su atención concentrada en las afligentes finanzas provinciales y en la campaña electoral que en este último tramo ha unido en tierno abrazo a Quiroga con Rioseco, podría decir algo del asesinato de Ibazeta. Al parecer, no le preocupa que el crimen se cometió dentro de una dependencia del Estado y que la víctima fue un preso que estaba al cuidado de la Policía. Y más, es el jefe del Estado neuquino y como tal tiene poderes mayores a los de la Justicia y los de la Legislatura. O sea que, si en ejercicio de esos poderes, se hubiera ocupado de –mediante la creación del servicio penitenciario– asegurar que los derechos humanos de los presos se respeten, Ibazeta estaría vivo. O, por lo menos, ya estarían identificados los autores del crimen. Lo que pasa, a mi modesto entender, es que el oficialismo neuquino no tiene a los derechos humanos como una prioridad (aunque en la Constitución provincial chorreen las normas que los exaltan). La mejor demostración de eso es la colaboración que prestó a la dictadura de la llamada “Revolución Argentina” (generales Onganía, Levingston y Lanusse) para la que gobernó la provincia entre 1970 y 1973. Como después, en las elecciones de 1973, el MPN volvió a ganar, tuvo al triunfo como una señal de que la ciudadanía aprobaba su colaboración con la dictadura. Es probable que así haya sido, pero eso no excusa la conducta de quienes después, en el 2006, aprobaron una norma constitucional, el artículo 9, que refiriéndose a los golpes de Estado dice que “quienes ordenen, consientan o ejecuten actos de esta índole, o los que en ese caso ejerzan las funciones previstas para las autoridades de esta Constitución, quedan inhabilitados de por vida para ocupar cargo o empleo público alguno…”. Y si con ese antecedente no bastara, conviene recordar que el MPN tiene como una especie de héroe provincial al comisario Adalberto Staub, el primer responsable de la matanza de Zainuco, cuyo nombre fue impuesto por otra dictadura militar también “revolucionaria”, la de la Revolución Libertadora, a la Escuela de Cadetes de la Policía (y convalidado hasta hoy por los gobiernos que siguieron), como para que los jóvenes que se capacitan allí para ingresar a la fuerza tengan a la vista un ejemplo a seguir. O sea que, como están las cosas, no está del todo mal el título de esta nota.

Jorge Gadano jorgegadano@gmail.com


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