Lo condenaron a 11 años y medio de prisión por crimen en Cutral Co
La pena recayó en Claudio Marifil, por el asesinato de José Matías Barros.
Andrea Vázquez
El tribunal consideró que fue Marifil quien disparó contra Barros.
CUTRAL CO (ACC)- La Cámara de Todos los Fueros condenó a Claudio Marifil a once años y seis meses de prisión efectiva por el homicidio agravado de José Matías Barros. Además se le impuso la inhabilitación absoluta por ese mismo tiempo más las costas del proceso. Ayer, escuchó la sentencia al igual que los familiares de la víctima fatal. En la sala de audiencias del tribunal, la presidenta del cuerpo, Alejandra Barroso acompañada por la jueza subrogante Nancy Vielma dio lectura sólo al fallo, luego que las partes coincidieron en escuchar sólo ese tramo. El vocal Dardo Troncoso también compartió las deliberaciones aunque no firmó la condena por estar de licencia. La pena solicitada por el fiscal de Cámara, Santiago Terán había sido de 15 años de prisión efectiva, mientras que por parte de la querella los abogados Ricardo Mendaña y Valeria Ceballos habían pedido 17 años de prisión. El tribunal, entendió que el delito ocurrido el 18 de abril de 2010, alrededor de las 15.30 en el barrio General Belgrano -ex 450 Viviendas- frente al bloque C 7, fue de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” tal como habían coincidido fiscalía y querella. La cámara consideró acreditado que ese día, la víctima fatal discutió y se empujó con un sujeto y luego recibió un disparo de arma de fuego de grueso calibre y “desde corta distancia”. Esto le lesionó el corazón lo que le provocó la muerte casi de inmediato. Los jueces consideraron las pruebas incorporadas por lectura y las declaraciones del debate, y entre ellas, las muestras de sangre halladas en el lugar y la vaina servida de un calibre 11.25. Y además que el disparo fue efectuado entre un metro y un metro y medio de distancia. El tribunal consideró probado que el autor del disparo fue Marifil. Aunque se “unificó la pena” no se consideró el antecedente del imputado como agravante de la pena. La presidenta de la cámara valoró “especialmente como agravante la circunstancia de haber realizado el hecho a plena luz del día, en plena calle y ante la potencial presencia de otras personas”. Más adelante, detalló que “lo que revela al menos la indiferencia del acusado ante el peligro creado; así como también pondero la extensión del daño causado por el injusto, teniendo para ello en cuenta la edad de la víctima, quien era una persona extremadamente joven, de sólo 22 años de edad”. A la hora de evaluar un atenuante, los magistrados tuvieron en cuenta que “voluntariamente se haya entregado a la policía, lo que sería revelador de una actitud reflexiva y de arrepentimiento, así como la edad del imputado, quien es una persona joven”.
Andrea Vázquez
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios
Estimados/as lectores de Río Negro estamos trabajando en un módulo de comentarios propio. En breve estará habilitada la opción de comentar en notas nuevamente. Mientras tanto, te dejamos espacio para que puedas hacernos llegar tu comentario.
Gracias y disculpas por las molestias.
Comentar