Que el peaje no sea un dolor de cabeza

Lo que todo automovilista tiene que saber a la hora de abonarlo.

Para los miles de automovilistas que diariamente transitan las rutas del país y del valle es importante repasar sus derechos y deberes como usuarios de las autopistas. Como sucede en otros casos, aquí el «pague y luego reclame» no es siempre la mejor opción. Por el contrario, usted tiene derecho a no pagar la tarifa del peaje si la empresa prestadora del servicio no cumple lo pautado.

Para los miles de automovilistas que diariamente transitan las rutas del país y del valle es importante repasar sus derechos y deberes como usuarios de las autopistas. Como sucede en otros casos, aquí el «pague y luego reclame» no es siempre la mejor opción. Por el contrario, usted tiene derecho a no pagar la tarifa del peaje si la empresa prestadora del servicio no cumple lo pautado.

De acuerdo con el contrato de concesión, el servicio debe prestarse correctamente ofreciendo una circulación rápida y segura, no pudiendo imponer el usuario demoras excesivas al momento de cobrar dicho peaje. De acuerdo con lo establecido en el contrato, se exceptúa al usuario de su obligación de abonar la tarifa en los siguientes casos:

De acuerdo con el contrato de concesión, el servicio debe prestarse correctamente ofreciendo una circulación rápida y segura, no pudiendo imponer el usuario demoras excesivas al momento de cobrar dicho peaje. De acuerdo con lo establecido en el contrato, se exceptúa al usuario de su obligación de abonar la tarifa en los siguientes casos:

– El tiempo máximo de espera no debe ser mayor a los dos minutos en vías exclusivas para vehículos y de tres minutos para tránsito mixto.

– El tiempo máximo de espera no debe ser mayor a los dos minutos en vías exclusivas para vehículos y de tres minutos para tránsito mixto.

– No puede haber más de 15 autos esperando para pagar peaje.

– No puede haber más de 15 autos esperando para pagar peaje.

Si es superada esta cantidad de automóviles y/o la espera excede los plazos señalados precedentemente, el usuario no debe pagar el peaje: deben levantarle la barrera para que pueda pasar.

Si es superada esta cantidad de automóviles y/o la espera excede los plazos señalados precedentemente, el usuario no debe pagar el peaje: deben levantarle la barrera para que pueda pasar.

Para poder ejercer este derecho, al llegar a la cabina de peaje solicite que le sea habilitado el paso, haciéndole saber al empleado que ello está contemplado en el contrato de concesión firmado por la empresa. S frente a su solicitud le indican que debe dirigirse a la oficina de atención al cliente, no lo haga. Usted no tiene por qué perder su tiempo para hacer valer sus derechos. Quédese en su vehículo hasta que le sea levantada la barrera.

Para poder ejercer este derecho, al llegar a la cabina de peaje solicite que le sea habilitado el paso, haciéndole saber al empleado que ello está contemplado en el contrato de concesión firmado por la empresa. S frente a su solicitud le indican que debe dirigirse a la oficina de atención al cliente, no lo haga. Usted no tiene por qué perder su tiempo para hacer valer sus derechos. Quédese en su vehículo hasta que le sea levantada la barrera.

Además, si usted no dispone de dinero para pagar el peaje, puede solicitar en la oficina de atención al usuario que le autoricen el paso, previo compromiso de cancelar la deuda contraída. Es un derecho que tiene el usuario a circular por la vía, firmando a tal efecto un «acta de reconocimiento de deuda» que deberá abonar posteriormente.

Además, si usted no dispone de dinero para pagar el peaje, puede solicitar en la oficina de atención al usuario que le autoricen el paso, previo compromiso de cancelar la deuda contraída. Es un derecho que tiene el usuario a circular por la vía, firmando a tal efecto un «acta de reconocimiento de deuda» que deberá abonar posteriormente.

Pero, ¿pueden sancionar al conductor si no paga? En principio no, porque el personal de las cabinas de peaje sabe cuáles son los límites de tiempo máximo tolerable. Lo más importante es conservar el ticket, ya que allí figuran los datos de la empresa. De todas maneras, si no le dieron ticket y quiere asentar su queja, puede hacerlo en el libro de quejas de la empresa y a continuación pedir una copia de su reclamo.

Pero, ¿pueden sancionar al conductor si no paga? En principio no, porque el personal de las cabinas de peaje sabe cuáles son los límites de tiempo máximo tolerable. Lo más importante es conservar el ticket, ya que allí figuran los datos de la empresa. De todas maneras, si no le dieron ticket y quiere asentar su queja, puede hacerlo en el libro de quejas de la empresa y a continuación pedir una copia de su reclamo.

Por cualquier inconveniente que surja en las rutas concesionadas, existen varias fuentes de reclamo. En primer lugar debe dirigirse a la empresa concesionaria del tramo de la ruta por la cuál haya tenido un inconveniente. Puede efectuar el mismo de tres maneras:

Por cualquier inconveniente que surja en las rutas concesionadas, existen varias fuentes de reclamo. En primer lugar debe dirigirse a la empresa concesionaria del tramo de la ruta por la cuál haya tenido un inconveniente. Puede efectuar el mismo de tres maneras:

1- Personalmente: haciéndose presente en la oficina de Atención al Usuario en la Sede Central de la Empresa o en las mismas estaciones de peaje.

1- Personalmente: haciéndose presente en la oficina de Atención al Usuario en la Sede Central de la Empresa o en las mismas estaciones de peaje.

2- Telefónicamente: a las líneas de atención al usuario en Sede Central, debiendo ratificar en el término de diez días su denuncia por escrito.

2- Telefónicamente: a las líneas de atención al usuario en Sede Central, debiendo ratificar en el término de diez días su denuncia por escrito.

3- Por correo: dirigiendo el reclamo al domicilio de la Sede Central.

3- Por correo: dirigiendo el reclamo al domicilio de la Sede Central.

Cualquiera sea el medio por el cuál sea efectuado el reclamo, éste deberá registrarse, debiendo confeccionarse el llamado «formulario A, que debe entregarle la firma concesionaria. Usted debe acreditar su condición de usuario exhibiendo el ticket de peaje, o entregar fotocopia del mismo si se tratare de un llamado telefónico.

Cualquiera sea el medio por el cuál sea efectuado el reclamo, éste deberá registrarse, debiendo confeccionarse el llamado «formulario A, que debe entregarle la firma concesionaria. Usted debe acreditar su condición de usuario exhibiendo el ticket de peaje, o entregar fotocopia del mismo si se tratare de un llamado telefónico.

Si el reclamo ante ésta no surte el efecto deseado, entonces puede reclamar ante el Organo de Contralor, en este caso, Occovi (Organo de Control de Concesione Viales).

Si el reclamo ante ésta no surte el efecto deseado, entonces puede reclamar ante el Organo de Contralor, en este caso, Occovi (Organo de Control de Concesione Viales).

Recuerde conservar siempre el ticket de pago del peaje, ya que se trata del único instrumento de prueba para reclamar. Deben brindarle en las estaciones toda la información que requiera y poner a su disposición el libro de quejas, ya que es una obligación de la concesionaria.

Recuerde conservar siempre el ticket de pago del peaje, ya que se trata del único instrumento de prueba para reclamar. Deben brindarle en las estaciones toda la información que requiera y poner a su disposición el libro de quejas, ya que es una obligación de la concesionaria.

Si llevado a cabo el reclamo, éste no prosperó, puede realizar su reclamo ante el organismo de control, presentando copia del formulario entregado por la concesionaria, constancia que efectuó el paso previo obligatorio. Si su reclamo fue efectuado en forma telefónica, deberá indicar día, hora y lugar al que se llamó.

Si llevado a cabo el reclamo, éste no prosperó, puede realizar su reclamo ante el organismo de control, presentando copia del formulario entregado por la concesionaria, constancia que efectuó el paso previo obligatorio. Si su reclamo fue efectuado en forma telefónica, deberá indicar día, hora y lugar al que se llamó.

La concesionaria reclamada debe entregar al ente contralor toda la información que éste le solicite, elevándole los antecedentes y explicaciones pertinentes del caso dentro del plazo de 72 horas a contarse desde el momento en que recibe el requerimiento.

La concesionaria reclamada debe entregar al ente contralor toda la información que éste le solicite, elevándole los antecedentes y explicaciones pertinentes del caso dentro del plazo de 72 horas a contarse desde el momento en que recibe el requerimiento.

Iniciado el reclamo, el concesionario debe responderle en un plazo máximo de 30 días hábiles. El formulario «A» en que se asienta toda presentación del usuario, especifica la fecha del trámite y la de su vencimiento, incluyendo la fecha de prórroga si ésta fuera necesaria.

Iniciado el reclamo, el concesionario debe responderle en un plazo máximo de 30 días hábiles. El formulario «A» en que se asienta toda presentación del usuario, especifica la fecha del trámite y la de su vencimiento, incluyendo la fecha de prórroga si ésta fuera necesaria.

La Occovi debe decidir sobre la misma dentro de los 30 días hábiles administrativos contados a partir de la presentación del usuario. También puede dirigirse al ente de control de las rutas concesionadas llamando al 0-800-222-6272.

La Occovi debe decidir sobre la misma dentro de los 30 días hábiles administrativos contados a partir de la presentación del usuario. También puede dirigirse al ente de control de las rutas concesionadas llamando al 0-800-222-6272.

Contactos:“Río Negro” pone a disposición de los consumidores un correo electrónico:consumidores@rionegro.com.ar. Allí pueden presentar su inquietud. También lo pueden hacer por fax (02941) 439368 o personalmente en Redacción Central en General Roca.

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