Terán no está suspendido y no se sabe cuándo empezará a cumplir la sanción

Una mora administrativa del Tribunal Superior, más una serie de excusaciones y nuevas designaciones que deben producirse, retrasan la entrada en vigencia de los 60 días de suspensión que le impusieron al fiscal jefe de Cutral Co.

A 19 días de dictado el fallo del Jurado de Enjuiciamiento que dispuso su suspensión por 60 días sin goce de haberes, el fiscal jefe Santiago Terán sigue de licencia y no hay una fecha cierta a partir de la cual comenzará a cumplir la sanción.

La incertidumbre se debe a una mora administrativa del Tribunal Superior de Justicia, que no se reunió durante la feria para fijar el día de entrada en vigencia de la sentencia.

El trámite tiene su complejidad. Las consultas realizadas ayer por Río Negro permitieron determinar que este es el cuadro de situación actual:

• El 8 de enero, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió «disponer la suspensión del Fiscal Jefe Santiago Federico Terán en sus funciones por un plazo total de 60 días, sin goce de haberes». El fallo no dice a partir de qué día entra en vigencia la suspensión.

• Esa fecha debe fijarla mediante acuerdo administrativo el Tribunal Superior de Justicia. Durante la feria los vocales no se reunieron para tratar el tema.

• El fiscal jefe Terán tiene certificado médico hasta el 25 de febrero. ¿Se le puede aplicar la suspensión o hay que esperar a que termine esa licencia?

• En 2018 se planteó una situación similar con el juez civil Carlos Choco, suspendido por 60 días por su desempeño en la causa que derivó en el doble femicidio de Las Ovejas. El magistrado también estaba de licencia médica cuando lo condenaron.

• En esa ocasión el Tribunal Superior decidió, por mayoría, que la sanción entra en vigencia «desde el momento de su notificación a los enjuiciados por parte de este Tribunal Superior de Justicia» sin importar si están de licencia o no. Así lo votaron Soledad Gennari, Evaldo Moya y Alfredo Elosu Larumbe. Oscar Massei, en minoría, opinó que para aplicar una sanción debe esperarse el cese de la licencia por enfermedad. Germán Busamia no intervino porque presidió el Jurado contra Choco.

• Para resolver el momento de la suspensión de Terán el TSJ tendrá que dictar un acuerdo administrativo pero tendrá que convocar a conjueces. De quienes votaron en «Choco», sólo puede volver a intervenir Moya. El resto de los vocales, o no está (Massei), o ya se pronunció en el jury (Gennari, Busamia, Elosu), o fue denunciante (Gerez).

• Los conjueces convocados pueden tener su propio criterio sobre cuándo comienzan a computarse los 60 días. Incluso pueden compartir el del ex vocal Massei, y esperar a que Terán termine su licencia antes de aplicarle la sanción.

• Por otra parte, ni Terán ni el fiscal especial Marcelo Medori adelantaron si apelarán el fallo o no. En caso que decidan hacerlo, tendrán plazo desde el 1 al 10 de febrero.

• ¿Cuándo, el definitiva, cumplirá la suspensión Terán? Ayer nadie sabía decirlo con certeza.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios