Un fallo pone cupos y ordena inversión en el Penal 3
Dura sentencia del juez de Ejecución de Bariloche. Intima a ministros y al gobernador por las obras. En 45 días deben reducir la cantidad de presos.
JUSTICIA
El juez de ejecución penal de esta ciudad, Juan Martín Arroyo, estableció que el Penal 3 de Bariloche “tiene cupo para albergar en condiciones normales a 66 internos, pudiendo esa capacidad extenderse, sólo en situaciones de emergencia y por tiempo limitado a 94 personas”, entre condenados y procesados.
Así lo estableció el juez en un fallo que hizo lugar a una acción de hábeas corpus colectivo que interpusieron a finales de marzo pasado los fiscales de esta ciudad ante el agravamiento de las condiciones de detención de las personas alojadas en el Penal 3.
Tras varias reuniones convocadas por el juez y de las que participaron funcionarios judiciales y del gobierno provincial y de organismos de derechos humanos, Arroyo dictó la sentencia a la que tuvo acceso “Río Negro”.
El juez intimó al titular del Ministerio de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Estevan, y al director general del Servicio Penitenciario, Hugo Cecchini, que “en el término máximo de 45 días dispongan las medidas necesarias para reducir la cantidad de internos” alojados en el penal local hasta llegar al máximo de 94 personas. Fuentes judiciales informaron ayer que la población de la cárcel ronda el centenar de personas, entre condenados, procesados y detenidos que aún no tienen resuelta su situación procesal.
Arroyo advirtió en la sentencia que vencido el plazo, “dispondré que no podrán ser admitidas nuevas personas en el establecimiento, en ningún caso y bajo ningún concepto, si ello implica superar el cupo establecido”.
Además, encomendó al gobernador, Alberto Weretilneck, al ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, y a Pérez Estevan que “realicen las gestiones necesarias y pertinentes a fin de poner a disposición del Servicio Penitenciario Provincial, en un plazo no mayor a seis meses, tierras donde pueda darse inmediato inicio a la construcción de un pabellón con capacidad para alojar 48 internos en Bariloche”.
El juez recordó que el Ministerio de Seguridad y Justicia “cuenta, producto de la renegociación de las concesiones hidrocarburíferas provinciales, con aproximadamente 30 millones de pesos” que podrían ser redireccionados para la construcción del pabellón común.
También ordenó que se reanuden las obras demoradas a más tardar el 1 de julio próximo en el Penal 3. Dispuso que deberán estar terminadas antes del 31 de enero de 2016.
Arroyo informó en el fallo que “a partir del 1 de agosto habré de disponer que sólo podrán ingresar al Penal 3 internos con condena y procesados con prisión preventiva, quedando desde esa fecha absolutamente prohibido el ingreso de detenidos a menos que expresen por escrito su voluntad en sentido contrario”.
Intimó a Pérez Estevan a que en 40 días realicen las gestiones necesarias para poner a disposición del Juzgado de Ejecución Penal local pulseras o tobilleras magnéticas.
Ordenó al ministro que en 60 días dote por lo menos de dos aulas para el dictado de clases en la cárcel local. Hoy, se dictan en un locutorio. Y que arbitren los medios para garantizar la seguridad e integridad física de docentes y alumnos.
El juez intimó además a incorporar en 30 días un auxiliar pedagógico, un trabajador social y un psicólogo. Además, ordenó proveer al Penal 3 (no para los internos) del servicio de Internet, para la agilización, por ejemplo, de los trámites. Y dio 45 días para garantizar el tratamiento a los internos que presentan problemas de adicciones.
DeBariloche