Ley Bases: las medidas económicas que se debaten, una por una
Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales, privatizaciones y jubilaciones son parte del proyecto de Javier Milei que se debate desde este lunes en Diputados.
Este lunes se programó la sesión en Diputados para tratar la Ley Bases o Ley Ómnibus de Javier Milei, proyecto rechazado por organizaciones sociales, gremios y distintos sectores de la sociedad, entre otros puntos, porque plantea la reversión de los cambios en el Impuesto a las Ganancias y modificaciones en las jubilaciones. A continuación, repasamos las medidas económicas que se debatirán, una por una.
Jubilaciones
La Ley Bases deroga la moratoria previsional y la reemplaza por la Prestación de Retiro Proporcional para quienes cumplieron 65 años y no tienen los 30 años de aportes. Pasan a cobrar la Prestación Anual al Adulto Mayor (PUAM), un 80% de la jubilación mínima y pierden el derecho a la pensión por viudez. Los adicionales los define el Ejecutivo, según la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Impuesto a las Ganancias
El paquete fiscal considera revertir los últimos cambios en Ganancias y eliminar la Zona Patagónica, el diferencial del 22% que se suma al piso de los trabajadores de Neuquén, Río Negro y la Patagonia.
El cambio con el que se daría marcha atrás es el de la eliminación de la cuarta categoría, la elevación del piso mínimo a 15 salarios mínimo, vital y móvil y la escala de pago de acuerdo al haber, según el nivel de ingresos, con alícuotas del 27 al 35%.
Con el nuevo paquete fiscal, el mínimo no imponible para solteros sería de 1.800.000 (o sea 1.494.000 «en mano») y 2.200.000 para casados.
Monotributo
Se actualizarían los topes de facturación y cuotas, con subas de hasta 330%. El ingreso tope del año sería de 68 millones de pesos, con subas en todas las escalas e importes a pagar. Además se elimina la diferencia entre comercio y servicios para estar en el régimen simplificado. Se establece una actualización anual por inflación.
Bienes Personales
Elimina el tratamiento de alícuotas especiales según la localización, de acuerdo a si los bienes están en el país o en el exterior. Los nuevos valores para el período fiscal 2023 serían:
-Mínimo no imponible: $100.000.000 (en la actualidad es de $27,3 millones)
-Mínimo para casa-habitación: $350.000.000
De acuerdo al informe del estudio de Lisicki, Litvin & Asociados, se propone la modificación de las escalas progresivas del impuesto a partir del período fiscal 2023, con una alícuota inicial del 0,50% y hasta el 1,50%,eliminándose el último tramo de la escala por cada período, hasta llegar finalmente al período fiscal 2027 con una alícuota única de 0,25%”. A su vez, “las escalas serán actualizadas anualmente según IPC.
Reforma laboral
Se eliminan definitivamente las multas por trabajo no registrado. El período de prueba tendrá seis meses de vigencia, pero las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar ese período hasta ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores, y hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores.
Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el régimen indemnizatorio tradicional por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. Los empleadores también podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización.
El trabajador independiente podrá contar con hasta cinco “colaboradores” para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.
La participación en bloqueos o tomas de establecimientos, ya sean totales o parciales, configurará una “grave injuria laboral” y podrá ser tomada como causal de despido.
Se estipula un “agravamiento indemnizatorio” en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que estos fueron motivados por un acto discriminatorio. Se establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados.
Privatizaciones
Son parte del listado reducido: Aerolíneas Argentinas, AYSA, Energía Argentina, Radio y Televisión Argentina, Intercargo, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Ferrocarriles Argentinos y Corredores Viales. Nucleoléctrica y Yacimientos Carboníferos Río Turbio podrían ser parcialmente vendidas al sector privado.
Blanqueo
No se aplicarán alícuotas para activos de hasta 100.000 dólares que se blanqueen. Los que superen el monto tendrán alícuotas progresivas del 5, 10 y 15%, aunque podrán evitar el pago si se deja el dinero depositado en una cuenta especial en el exterior hasta el 31 de diciembre del 2025.
Los bienes en Argentina que se deben declarar son: dinero en efectivo, inmuebles, acciones, títulos, créditos, bienes no intangibles como derechos. A los que se deben declarar de afuera del país se suman las criptomonedas.
Inversiones
Beneficios para proyectos con inversiones que superen los 200 millones de dólares. Impone una alícuota única del Impuesto a las Ganancias del 25%; la actualización de quebrantos por IPC en Ganancias; tratamientos tributarios preferenciales para las utilidades y dividendos; la contabilización del 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos como pago a cuenta de Ganancias y la posibilidad de pagar el IVA a proveedores y a la AFIP con certificados de créditos fiscales.
Moratoria
Según Federico Parrilli de Chinni, Seleme, Bugner y Asoc., al igual que en las moratorias anteriores este proyecto de ley dispone la condonación de multas y sanciones que no se encuentren firmes, condonación de intereses resarcitorios y punitorios como así también un plan de facilidades de pagos de hasta 84 cuotas dependiendo el tipo de contribuyente.
La más importante de este tipo de moratorias es que permite a los contribuyentes acceder a beneficios de condonación de sanciones de todo tipo en materias fiscal, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, siendo de gran utilidad para regularizar obligaciones que se encuentren en discusión administrativa o judicial. Además, la cancelación de la deuda bajo este régimen produce la extinción de la acción penal.
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