Condenaron a prisión a un hombre que tenía armas de guerra en San Martín de Los Andes

El sujeto no tenía portación ni tenencia. La justicia unificó otra pena en su contra por tráfico de estupefacientes y deberá cumplir 7 años y 6 meses de prisión.

Un hombre fue sentenciado a 2 años y 6 meses de prisión por la tenencia ilegal de un arma de guerra sin autorización. La pena, solicitada por el fiscal Hernán Scordo y el asistente letrado Federico Surá, fue integrada a una condena previa, estableciendo un total de 7 años y 6 meses de cárcel.

El delito por el cual fue condenado, Claudio Javier Sanhueza, ocurrió el 23 de marzo de 2024, a las 18 horas, en San Martín de los Andes, cuando fue hallado en posesión de un arma de guerra sin la correspondiente autorización legal. En febrero de este año, se dictaminó su culpabilidad y, posteriormente, los días 31 de marzo y 1 de abril, se llevaron a cabo las audiencias para determinar la pena. Durante estas instancias, la fiscalía solicitó que la condena fuera de cumplimiento efectivo.

Tras evaluar los argumentos presentados, los jueces Nazareno Eulogio, Federico Sommer y Juan Pablo Balderrama resolvieron aceptar la petición del Ministerio Público Fiscal (MPF), al no haber objeciones por parte de la defensa, y sentenciaron a Sanhueza a la pena requerida.


Unificación de penas y reincidencia


Dado que al momento de cometer el delito Sanhueza ya cumplía una condena anterior, se discutió la unificación de penas. En 2019, el Tribunal Oral Federal N°1 de Neuquén lo había condenado a 6 años de prisión por tráfico de estupefacientes, tanto en la modalidad de tenencia para comercialización como de transporte.

El asistente letrado Federico Surá explicó que la nueva sentencia debía sumarse a la condena previa, ya que el imputado aún se encontraba cumpliéndola al momento de cometer el nuevo delito. La fiscalía destacó que el marco penal para el tráfico de drogas oscila entre los 5 y 50 años de prisión, y propuso una pena final de 8 años de cárcel, además de la declaración de reincidencia del acusado.

Por otro lado, la defensa rechazó la declaración de reincidencia y argumentó que solo debía unificarse el tiempo restante de la pena anterior, solicitando una condena única de 2 años y medio de prisión efectiva.

El tribunal, tras analizar las posturas, recordó que en el sistema penal argentino no se pueden cumplir dos penas de manera simultánea, por lo que corresponde su unificación. Finalmente, se resolvió imponer una condena única de 7 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo y se declaró la primera reincidencia de Sanhueza.