Planes sociales: ordenan avanzar con la audiencia para definir las penas

El Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló una resolución de un juez de garantías y dispuso que se conforme un nuevo tribunal para determinar las condenas. La decisión se produce luego de que la Justicia incorpore el delito de asociación ilícita a la causa.

Redacción

Por Redacción

Jueces de impugnación Andrés Repetto y Estefanía Sauli.

Jueces de impugnación Andrés Repetto y Estefanía Sauli.

Las penas de los 12 condenados por la estafa con planes sociales en Neuquén deberán definirse en una nueva audiencia, pese a los recursos presentados por las defensas. La Justicia dispuso avanzar con esta instancia tras la incorporación del delito de asociación ilícita, en agosto de este año, y estableció que un tribunal con una integración diferente a la del juicio original deberá fijar las sanciones correspondientes.

La decisión fue adoptada durante una audiencia realizada el jueves 15 de octubre por el tribunal integrado por Andrés Repetto, Patricia Lupica Cristo y Estefanía Sauli. Los magistrados dispusieron que la Oficina Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Confluencia designe un nuevo tribunal colegiado, con una integración diferente a la que intervino en el juicio original.

La resolución se vincula con el fallo del pasado 20 de agosto, cuando el Tribunal de Impugnación revocó la absolución por asociación ilícita y condenó a los acusados también por ese delito. Hasta entonces, los 12 involucrados habían sido declarados responsables de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado provincial.

Con la modificación de la calificación legal, quedó pendiente una nueva audiencia para establecer las penas correspondientes.


El planteo de las defensas y la decisión judicial


Luego de la resolución de agosto, las defensas presentaron recursos de impugnación extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el delito de defraudación y una impugnación horizontal contra la condena por asociación ilícita.

En ese contexto, solicitaron suspender los plazos para ofrecer pruebas destinadas a la audiencia de determinación de la pena, al considerar que no correspondía avanzar mientras estuvieran pendientes los recursos contra la nueva condena.

El planteo fue analizado por el juez de garantías Juan Pablo Encina, quien rechazó la suspensión y dispuso que se cumpliera lo ordenado por el Tribunal de Impugnación. Sin embargo, las defensas apelaron esa resolución.

Al intervenir, el Tribunal de Impugnación anuló la decisión de Encina por considerar que un juez de una instancia inferior no tiene facultades para revisar lo dispuesto por un tribunal superior.

Los magistrados mantuvieron vigente la resolución del 20 de agosto y ordenaron adoptar las medidas necesarias para concretar la audiencia de determinación de la pena en un plazo perentorio.


Cómo sigue la causa


La nueva audiencia deberá realizarse ante un tribunal colegiado distinto del que intervino originalmente y tendrá como objetivo establecer las penas a partir de la calificación legal que incluye el delito de asociación ilícita.

En diciembre de 2025, la Justicia había impuesto condenas de hasta cinco años de prisión efectiva por administración fraudulenta agravada. Entre los principales condenados se encuentran el exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca, el exdirector de Planes Sociales Ricardo Soiza y el excoordinador de Administración Tomás Siengentharler.

La incorporación del delito de asociación ilícita obliga a realizar una nueva evaluación de las sanciones, aunque todavía no se definieron las penas que corresponderán a cada condenado.

La decisión del Tribunal de Impugnación no resuelve los recursos que las defensas presentaron ante el Tribunal Superior de Justicia, que continúan su trámite por separado.

Por el momento, resta que la Oficina Judicial establezca la fecha de la audiencia y conforme el tribunal que deberá intervenir. La resolución permite avanzar con la determinación de las penas, mientras continúa pendiente la definición de las condenas.


Las penas de los 12 condenados por la estafa con planes sociales en Neuquén deberán definirse en una nueva audiencia, pese a los recursos presentados por las defensas. La Justicia dispuso avanzar con esta instancia tras la incorporación del delito de asociación ilícita, en agosto de este año, y estableció que un tribunal con una integración diferente a la del juicio original deberá fijar las sanciones correspondientes.

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