Aconsejan a jueces y funcionarios «aplicar la Ley»

VIEDMA (AV).- Aplicar la Ley. Ese fue el pedido del Tribunal penal de Viedma dirigido a jueces y funcionarios, al resolver apelaciones por los procesamientos dictados contra dos hombres por el homicidio de Raúl Molina de 42 años en Conesa.

«El grave daño ocasionado, la irreparabilidad del mismo, la pérdida del bien más preciado: la vida conmueven el ánimo del juzgador como el de cualquier ser humano porque hacen a la sensibilidad ínsita en la conformación del ser pero ello no puede obnubilar la trascendente tarea de juzgar, la que sólo puede enmarcarse en el inamovible límite impuesto por la Ley, sea cual fuere el clamor popular», sostuvieron los camaristas Susana Milicich de Videla, María del Carmen Vivas de Vásquez y Eduardo Giménez.

Sostuvieron que «sólo se garantiza la justicia cuando se juzga sometiéndose al imperio de la Ley que no es otro que la voluntad del pueblo soberano expresada a través de sus legítimos representantes: los legisladores».

En esta resolución el Tribunal dejó sin efecto el procesamiento y la prisión preventiva de Gustavo Leineker y modificó la calificación de «homicidio simple» por «homicidio preterintencional» para la conducta de Héctor Machado, quien también recuperó la libertad. En esta causa el juez penal de Viedma Pedro Funes procesó y dispuso las detenciones de Machado imputándole el delito de «homicidio simple» y de Leineker como partícipe necesario. Las defensas de ambos apelaron esa resolución e intervino la Cámara.

Tras analizar las pericias, la declaración de los testigos y la fundamentación de los querellantes para el Tribunal el hecho -ocurrido en la vía pública y luego que Molina fuera a buscar a su hija a la salida de un boliche en Conesa- se generó por un motivo banal, de manera casual y «la intervención de terceros (la hija de la víctima y una hermana del victimario tirando también manotazos) impiden arriesgar aún con grado de probabilidad la entidad de los golpes que pudo haber dado Leineker.

Aún cuando hubiera sido así la víctima sólo tenía una lesión en el rostro y ninguna en otra zona del cuerpo, salvo la del parieto occipital compatible por su envergadura -a criterio del forense- para provocar la caída, el golpe en el cemento y la muerte posterior, herida que se comparece con el accionar de Machado, quien -nada hace suponer- pensó que con un golpe de puño le provocaría la muerte a Molina que estaba bajo los efectos del alcohol .


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