Calcagno seguirá al frente de la causa Neumann

La Cámara del Crimen rechazó la recusación planteada por la querella y el magistrado continuará con el caso del médico forense de El Bolsón.

JUSTICIA

El juez de Instrucción Ricardo Calcagno continuará al frente de la causa por el homicidio del médico Guillermo Neumann. Los jueces de la Cámara Criminal Primera, Alejandro Ramos Mejía, Miguel Gaimaro Pozzi y Marcelo Barrutia, resolvieron por unanimidad rechazar “in limine” la recusación que la madre de la víctima había impulsado en su carácter de querellante contra Calcagno.

Neumann fue asesinado la madrugada del 26 de marzo de 2010 por un sicario que lo sorprendió cuando llegaba en su vehículo a su domicilio, en El Bolsón. El asesino le disparó a poca distancia mientras sus dos hijos pequeños estaban en el auto. Luego, el homicida escapó. La esposa, Sandra Sachser, estaba abriendo la puerta del departamento y observó el crimen.

Tras el hecho hubo sujetos detenidos sospechados, pero hasta el momento no se pudo establecer quién fue el autor del homicidio. La esposa de Neumann también es querellante en la causa.

Alejandro Pschunder, quien patrocina a la madre de la víctima, presentó a finales de diciembre pasado la recusación contra Calcagno.

Ramos Mejía recordó en su voto, al que adhirieron sus pares del Tribunal, que “en el farragoso escrito” que interpuso Pschunder “de difícil lectura atento el medio de presentación del mismo (a mano y con mala letra) el recusante fundamenta su pretensión en que como el artículo 43 del Código Procesal Penal no es taxativo, la causal de apartamiento consistiría en la negativa del juez de Instrucción a producir la prueba de ADN”.

Para Pschunder, la negativa de Calcagno a autorizar la prueba de ADN representaba “no colaborar con la investigación y frenar la causa”.

“La laxitud que la parte le asigna al artículo 43 en modo alguno puede abarcar hipótesis como las que explicara en el escrito en análisis, dado que, no sólo la supuesta conducta omisiva no está prevista en el artículo 43 sino que tampoco se asemeja a algunas de las causales de inhibición previstas en dicha normativa”, advirtió Ramos Mejía.

“Por lo demás este Tribunal ya se ha expedido respecto de los recursos de apelación planteados tanto por el agente Fiscal como por la parte querellante – hoy recusante -, imponiéndole al magistrado la obligación de producción de las medidas solicitadas; como se vé la recusación carece totalmente de sentido”, recordó el camarista. De hecho, la Cámara Criminal Primera autorizó para que se haga el estudio de ADN sobre muestras extraídas del cuerpo de la víctima.

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