Con los «hackers» en la mira

Preparan una ley en el país que norme sobre los delitos informáticos.

Delitos informáticos como el acceso no autorizado a bases de datos, el sabotaje de sistemas informáticos y el fraude cometido a través de Internet con tarjetas de crédito o el desvío de dinero bancario, muchas veces quedan impunes en la Argentina por la falta de una legislación actualizada.

Por ello, la Secretaría de Comunicaciones de la Nación elabora desde el año pasado el anteproyecto que el Congreso luego convertirá en la Ley contra los Delitos Informáticos.

Pero este proyecto aún no está terminado y la secretaría convocó una consulta pública para quien desee aportar sus ideas a fin de lograr una legislación óptima contra los temidos «hackers» que invaden la privacidad de las PC, roban información, dañan discos rígidos y se apropian de los fondos de cuentas bancarias ajenas.

La consulta es pública y los interesados deben enviar sus propuestas, hasta el 31 del este mes, a la dirección de correo electrónico delitosinformaticos@secom.gov.ar, así como también pueden estudiar las bases del anteproyecto en la página web de la secretaría, www.secom.gov.ar.

El trabajo define tres tipos de delitos penales: el acceso ilegítimo informático («hacking»), el daño informático («cracking») y el fraude informático.

El artículo primero del anteproyecto prevé una multa de 1.500 a 30.000 pesos para el «hacker», es decir, «el que ilegítimamente y a sabiendas accediere, por cualquier medio, a un sistema o dato informático de carácter privado o público de acceso restringido». La pena será prisión de un mes a dos años, «si el autor revelare, divulgare o comercializare la información accedida ilegítimamente».

Y en el caso de que el robo de información se dirija «a sistemas o datos informáticos concernientes a la seguridad, defensa nacional, salud pública o la prestación de servicios públicos, la pena de prisión será de seis meses a seis años».

El «cracker» será reprimido con prisión de un mes a tres años, cuando «ilegítimamente y a sabiendas, alterare de cualquier forma, destruyere, inutilizare, suprimiere o hiciere inaccesible, o de cualquier modo y por cualquier medio, dañare un sistema o dato informático».

Con esta figura se castigará a quienes envían virus informáticos por e-mail como los «troyanos» o «gusanos» que borran o dañan archivos y llegan a dejar inutilizados discos rígidos.

La pena será de dos a ocho años de cárcel, si el «cracking» impide el libre ejercicio de una autoridad, si fuera cometido contra un sistema informático de valor científico, artístico, cultural o financiero de cualquier administración pública, o concerniente a la seguridad, defensa nacional, salud o la prestación de servicios públicos, según el tercer artículo. (Télam)


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