Alternativa a la indemnización por despido: regulan nuevos fondos de cese laboral con aportes de empleadores y trabajadores

La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció este lunes un régimen especial para Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros de Cese Laboral. La norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, se enmarca en la reglamentación de la Ley Bases y el Decreto 847/2024 de Reforma Laboral.  

Este lunes se publicó una alternativa a la indemnización por despido. La Comisión Nacional de Valores (CNV) creó un régimen especial para los Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral, que incluye Fondos Comunes de Inversión Abiertos y Fideicomisos Financieros. “Los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores”, establece la resolución general 1071/2025, publicada hoy, lunes, en el Boletín Oficial.

Este nuevo marco normativo responde a lo dispuesto en el Decreto 847/2024, de Reforma Laboral, que reglamenta el sistema de cese laboral como alternativa a la indemnización tradicional. Según lo dispuesto, los fondos podrán ser individuales, empresariales o sectoriales, y su administración estará sujeta a condiciones específicas de transparencia, destino y protección patrimonial.

La CNV será la autoridad de control y supervisión, con facultades para verificar que las entidades mantengan políticas de inversión adecuadas. Los instrumentos no podrán recibir aportes fuera del sistema definido, y los activos seleccionados para inversión tendrán límites para evitar concentraciones por industria o vínculos con empleadores aportantes.

Tanto los FCI como los fideicomisos deberán contar con reglamentos y contratos adaptados a la naturaleza del régimen. En todos los casos, se deben prever mecanismos de notificación fehaciente para que los trabajadores puedan acceder a sus beneficios cuando se concrete la desvinculación laboral.

Qué establece la CNV sobre los Fondos Comunes de Inversión de Cese Laboral

Los FCI de Cese Laboral podrán emitir distintas clases de cuotapartes, cuyas características estarán definidas en el reglamento de gestión.

Estas cuotapartes no podrán ser suscriptas ni rescatadas por agentes externos y estarán destinadas exclusivamente a reflejar aportes de empleadores y trabajadores.

La sociedad depositaria tendrá la obligación de mantener un registro de subcuentas, con la trazabilidad de cada aporte vinculado a su beneficiario.

Además, los FCI no podrán invertir en activos emitidos por los propios empleadores, y deberán evitar una concentración sectorial superior al 30% del patrimonio. Los trabajadores que resulten titulares podrán disponer libremente de sus cuotapartes, aunque no podrán realizar nuevas suscripciones.

Cómo funcionarán los Fideicomisos Financieros bajo el nuevo régimen

Los Fideicomisos Financieros de Cese Laboral podrán incorporar fiduciantes durante su vigencia y emitir únicamente certificados de participación. No necesitarán presentar prospecto ante la CNV, pero deberán publicar información clave en la Autopista de la Información Financiera.

Los contratos deberán detallar:

  • los mecanismos de pago al trabajador,
  • la política de inversión,
  • los criterios de liquidez y
  • los procedimientos en caso de extinción laboral.

La norma también prevé mecanismos mensuales de información para los trabajadores y admite la creación de comités o asesores de inversión, siempre que no tengan vínculo sindical y sus costos sean razonables. Los fideicomisos quedan exentos de las obligaciones de colocación primaria y de listado en mercados autorizados.

La publicación en el Boletín Oficial