Les confirman la condena por robar y abusar de una de sus víctimas

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó las condenas que había dictado la Cámara Criminal Primera de Roca contra José Antonio Zapata y su sobrino, como autores del delito de “robo agravado por ser en lugar despoblado y con arma de fuego no apta para el disparo, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal cometido por dos personas, con armas”.

En enero del 2o12, en la Ruta 6, a unos 5 kilómetros de Roca, atacaron a una pareja que turistas. Los asaltaron y además violaron a la mujer.

La Cámara Primera de Roca condenó a Zapata a 20 años de prisión y le impuso la pena única de 35 años de prisión al unificar esa pena con una de 18 años por otro caso en Neuquén. Al sobrino, que era menor de edad, le unificaron las condenas en 7 años de prisión.

Zapata admitió en el juicio ser “el responsable” del ataque a los turistas. Foto: Archivo.


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ROCA.- Los jueces no ahorraron en duros calificativos a la hora de condenar a José Antonio Zapata, el llamado “criminal de las rutas”, por el ataque que sufrieron dos turistas en enero de 2012, cuando fueron emboscados en la Ruta 6, a unos pocos kilómetros al norte de Roca. Aquella noche el hombre fue atado y amenazado de muerte y la mujer fue violada en forma reiterada por Zapata y por su sobrino menor de edad, el cual ya fue declarado culpable en un juicio previo. Luego les robaron numerosas pertenencias y los dejaron semidesnudos y atados en la barda norte. Una pena de 20 años de prisión, unificada en 35 con una condena anterior de 18 años de cárcel, le impusieron los jueces Oscar Gatti (voto rector), Fernando Sánchez Freytes y Margarita Carrasco como autor de los delitos de “robo agravado en lugar despoblado y con arma de fuego no apta para el disparo, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal cometido por dos personas, con armas y agravado por la intervención de un menor”. Los hechos cometidos por Zapata “denotan una marcada e inusitada gravedad, que resulta imposible soslayar a la hora de merituar la pena”, sostuvo Gatti, quien no encontró “un sincero arrepentimiento” en la confesión lisa y llana que hizo Zapata en el juicio sino más bien “una postura adoptada forzadamente por la abrumadora prueba que obra en su contra”. Contra la opinión de la defensora oficial Flavia Rojas, para los jueces “encuadra perfectamente” la agravante de la utilización de un menor de edad para delinquir, pues se probó que “era Zapata quien comandaba el accionar delictivo y daba instrucciones a su sobrino, aprovechándose obviamente de la influencia que ejercía sobre él”. Tras el robo, “la gravedad de los sucesos adquiere su punto máximo de intensidad con la perversa, cruel y degradante forma en la cual Zapata abusó sexualmente de la mujer”, consideraron los jueces, quienes destacaron como “lo más importante, la evidente afectación psicofísica” que sufrió la mujer y “el tortuoso padecimiento psicológico que sufrió la pareja durante todo el hecho, al suponer que los iban a matar en cualquier momento, como se lo anunciaban permanentemente”. La pena impuesta fue igual a la pedida por el abogado querellante, Jorge Crespo. También se computó como agravante los dos antecedentes firmes que tiene Zapata por hechos idénticos: uno del año 2000, con condena ya cumplida de 10 años de prisión, y la reciente condena dictada en Neuquén. No pudieron valorar, por no ser antecedentes computables, que Zapata tiene pendiente en Cipolletti el juicio por el homicidio del odontólogo Héctor Parlanti y que tiene una condena no firme de 10 años por un robo con intento de homicidio cometido para la misma época en la Ruta 151. (Redacción Central)


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