El nuevo Código Civil y sus implicancias

MI BOLSILLO

“La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal.”

Así reza el artículo 765 del nuevo Código Civil que entrará en vigencia desde el mes de agosto.

Los abogados ya debaten acerca de las implicancias de la nueva norma, y moviliza tanto a quienes planean suscribir nuevos contratos en la segunda mitad de 2015, como a quienes mantienen vigentes contratos entre particulares pautados en moneda extranjera.

En el sector privado ya se maneja la posibilidad de ajustar la “cláusula bonex” al nuevo texto del la ley. La misma se utiliza en los contratos desde la vigencia del cepo cambiario. Su nombre obedece a que en la década del 80’, cuando el Código Civil también habilitaba a “dar cantidades de cosas” a cambio de la deuda, la modalidad era obligar al acreedor a obtener el título más usado de la época (el Bonex), para hacerse de las divisas en el mercado financiero. En la actualidad existen distintas opciones de bonos nominados en dólares (Boden, Bonar, Par). La operatoria consiste en que el deudor, al no contar con las divisas, entregue al acreedor los bonos necesarios para que el acreedor obtenga en el mercado financiero las divisas.

Además, el texto de la nueva norma habilita la posibilidad de saldar la deuda mediante la entrega de “moneda de curso legal”, con lo cual la discusión pasaría a ser el tipo de cambio de referencia. Ya existen hoy contratos denominados “dollar linked” que operan de esta forma.

No es un dato menor para empresas que mantengan contratos con petroleras, contratos de alquiler entre particulares o con inmobiliarias, préstamos o contratos entre privados, y todo tipo de compromiso que se paute en moneda extranjera.


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