Excarcelaron por 1.000 pesos a procesado por robo agravado

La Cámara del Crimen concedió el beneficio Juan Iván Aguilera Carvajal pese a que es extranjero, no tiene domicilio, se hace llamar por múltiples nombres y estuvo prófugo en otras dos causas.

BUENOS AIRES

La Cámara del Crimen concedió la excarcelación bajo fianza de 1.000 pesos a un procesado por robo agravado pese a que es extranjero, no tiene domicilio, se hace llamar por múltiples nombres y estuvo prófugo en al menos otras dos causas, informaron hoy fuentes judiciales.

La medida benefició a Juan Iván Aguilera Carvajal, quien según constancias de la causa, “registra tres procesos en trámite por delitos contra la propiedad”, fue “declarado contumaz” en otros dos expedientes y “fue mendaz al brindar su identidad, pues manifestó llamarse Julio Alejandro Aguilera Reyes, filiación que se agregó a otras disímiles informadas por el Registro Nacional de Reincidencia”.

Además, “se desconoce su lugar de residencia, pues en la intersección de las calles Estados Unidos y Sáenz Peña no existe hotel alguno y en el ubicado en las proximidades no es conocido”.

La excarcelación fue resuelta por mayoría por la Sala Séptima de la Cámara, con las firmas de los jueces Mauro Divito y Rodolfo Pociello Argerich, y pese a la disidencia del tercer integrante del tribunal, Juan Cicciaro.

El juez Cicciaro se había inclinado por denegar la excarcelación, argumentando además que “es extranjero, condición que le permite egresar del país sin mayores contratiempos”.

Pero sus colegas Divito y Pociello Argerich replicaron que “no puede descartarse que ante una eventual sanción en esta causa su cumplimiento sea dejado en suspenso ya que no tiene antecedentes condenatorios y los procesos que registra se encuentran en pleno trámite”.

“Incluso podría acceder a una suspensión del juicio a prueba (probation)”, añadieron, por lo que determinaron por mayoría que “la excarcelación resulta procedente”.

No obstante, por las particularidades de su personalidad y su situación ante la justicia, los magistrados consideraron que “el peligro procesal (de que se profugue, ndr) debe ser morigerado mediante una caución real”, que fijaron en 1.000 pesos.

Agencia DyN


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios