Condenaron a penas mínimas a los miembros de una banda narco que operaba en Roca
La fiscalía propuso una modificación en la calificación penal original, que se les había atribuido a los imputados. Lo hizo por un acuerdo con los acusados, que reconocieron haber vendido drogas. El Tribunal Oral Federal de Roca homologó el pacto e impuso las condenas.
Ernesto David San Martín llegó a juicio acusado de liderar una organización dedicada al comercio de drogas integrada por tres o más personas, según la requisitoria fiscal de elevación a juicio. Mientras que la fiscalía atribuyó a Jorge Luis Ramos, Jonathan Nicolás Plattner, Marcos Efraín Aranda, Víctor Hugo San Martín, Rodrigo Alias y Eduardo Daniel Huenchuñir Brevis el tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas, en calidad de coautores.
El juicio estaba programado para finales de junio pasado. Pero la fiscal federal interina María Claudia Frezzini informó al Tribunal Oral Federal (TOF)#de Roca, integrado en forma unipersonal por el juez Simón Bracco, que había arribado a un acuerdo de juicio abreviado con relación a Ernesto San Martín, Ramos, Plattner y Aranda.
Explicó que la etapa de juicio requería “una mayor exigencia probatoria”. Propuso una modificación en la calificación legal indicada en la requisitoria de elevación a juicio. Encuadró el accionar de Ernesto San Martín como “comercialización de estupefacientes” y al resto de los imputados los acusó de cumplir el rol de partícipes secundarios. La fiscal consideró que “la cooperación brindada era fungible, no primordial”.
Los imputados, con el aval de las defensoras públicas, prestaron consentimiento al acuerdo. Admitieron haber vendido drogas desde el 22 de agosto de 2023 hasta el 7 de octubre de 2023, cuando allanaron los domicilios en Roca. Consintieron el cambio de calificación, que implicó una reducción importante de la expectativa de pena. Y estuvieron de acuerdo con las penas que la fiscalía solicitó.
El cambio de la calificación legal
San Martín, que arriesgaba una pena mínima de 8 años de prisión, con la calificación original, con la nueva imputación aceptó los 4 años y 6 meses de prisión como autor penalmente responsable del delito de comercio de estupefacientes. La normativa vigente sanciona ese delito con una escala penal que va desde los 4 hasta los 15 años de prisión.
El acusado registraba una condena dictada el 10 de diciembre de 2019 por el TOF de Roca de tres años y tres mes de prisión y se lo declaró reincidente. San Martín agotó la condena el 8 de junio de 2022. Por eso, el juez lo declaró por segunda vez reincidente.
La fiscalía pidió 4 años 6 meses de prisión para Ramos como participe secundario del comercio de estupefacientes y autor del delito de transporte de estupefacientes.
A Ramos lo detuvieron el 23 de febrero del año pasado, con 3 kilos 397 gramos de cocaína en una mochila que llevaba en un colectivo de larga distancia. Había partido de Ezeiza y viajaba a Roca. Personal del departamento de Toxicomanía de la Policía de Río Negro lo sorprendió con la droga en un control en la Ruta Nacional 22, a la altura de Chichinales.
Bracco avaló el pedido de pena de la fiscalía y los condenó a San Martín y a Ramos a 4 años y 6 meses de prisión.
Mientras que a Aranda y Plattner les impuso 2 años de prisión en suspenso y pautas de conducta como partícipes secundarios en el comercio de estupefacientes. Bracco dictó la sentencia el 2 de septiembre pasado.
El resto de los imputados no aceptó el acuerdo propuesto por la fiscalía. Por eso, el expediente continuará su curso.
La investigación que desencadenó en los allanamientos
La investigación del personal de Toxicomanía y Leyes Especiales de la Policía rionegrina se hizo en forma sigilosa durante meses.
El 7 de octubre del 2024 allanaron varios domicilios. Algunos ubicados de la avenida Roca al 3880 y 3900 del barrio Quinta 25 de esta ciudad, donde secuestraron drogas, dinero, balanzas de precisión, equipos de comunicación, municiones y un arma de fabricación casera.
En otro domicilio allanado en avenida Roca 3540, del barrio Quinta 25, encontraron oculto un paquete con 1.099 gramos de cocaína. También, hallaron sumas importantes de dinero.
En un allanamiento hecho en un departamento de la calle Maipú 1765, la Policía incautó 2,16 gramos de marihuana, hallados sobre la mesa de la cocina, seis bolsas con dinero en efectivo halladas en una habitación que arrojaron un total de 5.438.840 pesos, y más dinero en efectivo, entre ellos 2.410 dólares y 50 reales distribuidos en distintos lugares de la morada, como así también una máquina de contar billetes y teléfonos celulares.
Durante el procedimiento secuestraron un Honda Civic, que San Martín usaba, donde encontraron 2.608.700 pesos distribuidos en distintas bolsas en el interior del baúl y una máquina de contar dinero. El auto fue decomisado. En otro domicilio de la calle Neuquén, la Policía incautó 15.603.800 pesos, según el fallo.
Las conductas de los imputados
“Tengo suficientemente acreditado que Ernesto David San Martín comercializó estupefacientes al menos por el periodo temporal en el cual se desarrollaron las tareas de investigación, esto es desde el 22 de agosto de 2023 hasta el momento en que se llevaron a cabo las diligencias de allanamiento en fecha 7 de octubre de 2023”, afirmó el juez.
“Este accionar ilícito de comercio se desarrolló a través de distintas personas y en diversos domicilios vinculados al nombrado, resultando la atribución de una cantidad aproximada de 1.116 kilogramos de cocaína y 17 gramos de marihuana, los que fueron habidos en los domicilios sito en calle Avenida Roca, margen oeste, frente a numeral 3885, en calle Maipú 1765 y en calle Avenida Roca 3540 del barrio Quinta 25, todos de esta localidad”, señaló.
Bracco observó que “se advirtió la presencia de los restantes imputados -Ramos, Aranda, Plattner y Alias- en los diversos puntos investigados, los cuales en mayor grado fueron señalados como domicilios en los cuales se presentaban compradores para adquirir sustancias estupefacientes”.
“En consecuencia, se estableció la vinculación de Ernesto David San Martín con los nombrados en un marco de desarrollo de comercio de estupefacientes, donde la presencia e ingreso de San Martín resultaba breve en cada sitio, conversando con sus consortes de causa -todo lo cual fue señalado como una modalidad de control-”, añadió.
Dijo en la sentencia que en este marco “fue que se situó a los restantes imputados en un rol de colaboradores, donde su actividad era comercializar el material proveído por San Martín y vigilar a su vez los puntos de venta”.
Para el juez, los hechos fueron probados
“Continuando con el análisis de las imputaciones formuladas contra los encausados, este Tribunal tiene por acreditado que Marcos Efraín Aranda participó en el comercio de estupefacientes que se atribuye a Ernesto David San Martín, al menos por el periodo temporal en el cual se desarrollaron las tareas de investigación, esto es desde el 22 de agosto de 2023 hasta el momento en que se llevaron a cabo las diligencias de allanamiento en fecha 7 de octubre de 2023”, enfatizó Bracco.
Aseveró que la comisión del ilícito “se encuentra debidamente acreditada en razón del resultado de las tareas de investigación y el análisis del contenido de las escuchas telefónicas ordenadas en la etapa de instrucción”.
“En este punto debe considerarse que la presencia de Marcos Aranda en los domicilios investigados en el legajo, no era aislada ni casual, sino que fue observado en las tareas de campo manteniendo contacto con los restantes imputados en autos, como Ernesto David San Martín, Jorge Luis Ramos, Jonathan Nicolás Plattner, en las inmediaciones de los domicilios donde se verificó el comercio de estupefacientes”, advirtió el juez.
“Otro elemento que acredita la participación del imputado en el comercio referido, resulta ser el hecho que fue hallado en su poder la cantidad de 1.099 gramos de cocaína, la cual se encontraba oculta -enterrada- en el patio de la que en ese momento era su vivienda”, recordó.
“La circunstancia referida fue corroborada en virtud del allanamiento realizado en el domicilio sito en Avenida Roca N°3540, donde se encontraba presente el imputado”, argumentó.
“Este Tribunal concluye que el acuerdo al que arribaron las partes resulta ajustado a derecho y que las calificaciones legales referidas son aplicables al caso en análisis, según las constancias e informes técnicos agregados a la causa, valorados a la luz de la sana crítica racional”, aseguró Braco.
Destacó que los hechos atribuidos a los imputados estaban “debidamente” probados “en virtud del resultados de las tareas de campo y escuchas telefónicas ordenadas en la etapa de instrucción”. Para el juez, se probó la participación de los imputados en la venta de drogas.
“El Tribunal encuentra acertados los pedidos de pena requeridos por la Fiscal General interina, pues dada la naturaleza y modalidad de comisión de los hechos, la edad, nivel de instrucción y situación social y económica de los imputados”, sostuvo Bracco.
“Resulta adecuado lo propuesto, valorándose también el carácter transaccional del acuerdo y la actitud asumida por los encartados al aceptar su responsabilidad penal por los hechos”, fundamentó el juez.
Ernesto David San Martín llegó a juicio acusado de liderar una organización dedicada al comercio de drogas integrada por tres o más personas, según la requisitoria fiscal de elevación a juicio. Mientras que la fiscalía atribuyó a Jorge Luis Ramos, Jonathan Nicolás Plattner, Marcos Efraín Aranda, Víctor Hugo San Martín, Rodrigo Alias y Eduardo Daniel Huenchuñir Brevis el tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas, en calidad de coautores.
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