Los artículos en disputa

BUENOS AIRES (DyN).- La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada el 10 de octubre de 2009, introdujo una serie de cambios a la reglamentación de Radiodifusión vigente desde la dictadura y fijó nuevas normas con la inclusión de limitaciones y restricciones a los llamados multimedios. Cuatro artículos de la Ley de Medios fueron cuestionados judicialmente por inconstitucionales: el 41, que establece que las licencias son intransferibles; dos apartados del número 45, que fija un límite a la cantidad de licencias concentradas; el 48, que descarta la figura de un “derecho adquirido” por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas y el 161, que da un año de plazo para que aquellos que tengan que adecuarse a la ley. Para el Grupo Clarín, los artículos 45 y 161 “vulneran varios derechos constitucionales y tratados internacionales de Derechos Humanos, que prohíben afectar la libertad de expresión por vías indirectas”. Clarín gestionó una medida cautelar que se había interpretado que vencía el llamado “7-D” (siete de diciembre pasado) que finalmente no se produjo. El 14 de diciembre, el juez en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso consideró que la Ley era constitucional. En segunda instancia, en abril pasado, la Cámara en lo Civil y Comercial declaró inconstitucionales parte de los artículos 45 y 48, mientras que validó el 41 y 161. Ese fallo advirtió que el conflicto ente el gobierno y Clarín involucraba directamente “el derecho de propiedad, pero también la libertad de expresión e información”. El gobierno apeló ante la Corte, que ahora debe definir.


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