Los cuatro hermanos declaran sin público

Lo autorizó el tribunalen fallo dividido. Ayer se presentó María Emilia Soria.

César Izza

Los hermanos Martín, Carlos y Germán Soria declararán sin público y sin prensa entre el miércoles y el jueves próximos. Ayer, María Emilia Soria, la primera integrante de la familia citada a brindar testimonio, hizo uso de esa autorización que le concedió el tribunal. El permiso se concedió después de un cuarto intermedio y un debate entre los jueces que terminó con dos votos contra uno a favor de la petición que habían formulado los hijos de Carlos Soria.

Días antes del juicio los cuatro hijos del matrimonio Soria-Freydoz solicitaron por escrito a la Cámara que, en su carácter de “víctimas” indirectas del asesinato, se les permita declarar en privacidad para resguardar la “dignidad e intimidad” de Carlos Soria y el grupo familiar. También pidieron que el beneficio se extienda a los demás miembros de la familia y a los amigos íntimos.

La fiscal de Cámara Laura Pérez estuvo de acuerdo. “Habitualmente lo hago en otros juicios; suelo acompañar los petitorios de las víctimas o sus herederos”, aclaró la fiscal, quien avaló el pedido no sólo en resguardo de la intimidad de los afectados directos sino también en el hecho de que “se trata de testigos fundamentales” y “pretender que declaren (con público) podría atentar contra su serenidad y espontaneidad, y eso en definitiva podría perjudicar el proceso”.

“La víctima del homicidio era una persona pública, pero el hecho que se investiga fue netamente privado”, sentenció la fiscal, quien tuvo, lógicamente, la adhesión del defensor Alberto Riccheri. El abogado, además, sostuvo que garantizar la “tranquilidad” de los testigos es parte del derecho de defensa.

Tras un cuarto intermedio de 25 minutos el Tribunal regresó a la sala con su decisión: por dos votos contra uno aceptaron el pedido.

A favor votaron el presidente de la Cámara, Carlos Gauna Kroeger, y el vocal Fernando Sánchez Freytes.

El primero citó convenios internacionales de jerarquía constitucional, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y normativa local, como el artículo 25 de la Carta de Derechos de los Ciudadanos de la Patagonia ante la Justicia, que establece: “El ciudadano que sea víctima de un delito tiene derecho a ser protegido frente a la publicidad no deseada sobre su vida privada en toda clase de actuaciones judiciales. Los jueces y magistrados, así como el Ministerio Fiscal, velarán por el adecuado ejercicio de este derecho”. Haciendo una interpretación amplia del concepto de “víctima” que define el Código Procesal Penal de Río Negro, incluyo entonces a los hijos del mandatario asesinado.

El segundo, en tanto, sostuvo que ante el planteo se presentan “dos derechos constitucionales enfrentados: por un lado la libertad de prensa y el principio de publicidad de los actos republicanos de gobierno, y por el otro el derecho de la víctima a que no se afecte su intimidad”. Valoró que el pedido de los cuatro hermanos “tiene un alto grado de proporcionalidad y razonabilidad”, lo que lo hace primar sobre el otro valor en juego. Además, indicó que el público podrá en un futuro próximo conocer detalles de las declaraciones tomadas en privado porque los mismos serán incluidos en los alegatos y en la sentencia final, “que serán totalmente públicos, sin restricción alguna”.

En contra votó la camarista María Evelina García Balduini. Sostuvo que “pragmáticamente” la petición había perdido sentido por cuanto a esa altura ya se había dado lectura a las declaraciones que los hermanos habían dado en la etapa de instrucción. En cuanto a sus fundamentos jurídicos, afirmó que declarar abiertamente “no afectaría el derecho a la intimidad sino sólo una preferencia personal” del testigo, que aunque resulta “entendible” y “obvia”, es de “menor jerarquía en la escala de valores que protege el proceso, ante el principio de publicidad de los actos de la República”.


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