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Neuquén: un buen camino para terminar con el bullying

Una herramienta que bien podría coadyuvar sustancialmente con los objetivos perseguidos, sería la de formar mediadores docentes y alumnos

Que los colegios secundarios de Neuquén hayan comenzado el ciclo lectivo 2024 incorporando el tratamiento del bullying a los convenios de convivencia, es una saludable iniciativa.

Tal contrato social interno compromete a cada institución educativa, los alumnos y sus familias, mutando las sanciones disciplinarias en acciones reparatorias. También avanza en cuestiones tales como la preservación de las instalaciones, sin perjuicio de mantener los acuerdos pedagógicos puntuales entre profesores de materias y sus alumnos.

La bienvenida aludida, obedece a las siguientes razones:

1.- Se reconoce a los integrantes de la comunidad educativa como sujetos de derecho, pasibles también de satisfacer obligaciones.

2.- El abordaje instituido compromete a todos los protagonistas involucrados: alumnos, padres, escuela y Consejo Provincial de Educación.

3.- La consideración de la escuela como una microsociedad, en las que los alumnos conviven y se forman como ciudadanos.

4.- La inclusión transversal del tema, a las demás asignaturas impartidas.

5.- El cumplimiento del deber de prevención establecido en el Art. 1710 CCYC, con un marcado tinte pedagógico.

6.- El respeto por las características particulares de cada escuela, con la posibilidad de inclusión de diversas cláusulas.

7.- La búsqueda de transformar la sanción en un aprendizaje. Algo similar a lo planteado actualmente desde la educación no formal por la Justicia restaurativa en el deporte, con la que bien podría articular y trabajar en sinergia.

8.- La intención de hacer reflexionar a los alumnos en conflicto.

9.- La gradualidad en las acciones reparatorias, que van desde a) El apercibimiento, b) La reposición del bien dañado en caso de existir. c) La participación obligatoria a talleres, cursos, actividades extraescolares, asistencia a centros de salud, deportivos o culturales, según el tema del que se trate. d) El cambio de escuela.

10.- La existencia de un protocolo a seguir.

Es bienvenida también la iniciativa, porque evita mediante un trámite pautado, recurrir al despropósito que significa judicializar un caso de bullying, tal lo sucedido recientemente en Paso de los Libres, La Plata o Mar del Plata.

Recordemos que para que haya hostigamiento físico o psicológico, este tiene que ser sistemático y reiterado, entre pares que están obligados a convivir. Es intencional y busca intimidar y someter a quien es elegido como única víctima existiendo, además, un acosador que no siempre es el ejecutor, seguidores y espectadores.

Una herramienta que bien podría coadyuvar sustancialmente con los objetivos perseguidos, sería la de formar mediadores docentes y alumnos, para que en todas las instituciones exista un cuerpo formado en técnicas de resolución de conflictos.

Si observamos que hoy solo una mínima parte de los alumnos secundarios acceden a una educación superior y la gran mayoría termina siendo parte de una sociedad como padres de familia, trabajadores y ciudadanos, la función de la escuela como formación vivencial resulta trascendental.

*Abogado. Prof. Nac. de Educación Física. Docente universitario. angrimanmarcelo@gmail.com


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