Ordenan a UPCN pagar una prótesis de calidad

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Laboral de esta ciudad hizo lugar al amparo presentado por afiliada de UPCN y le ordenó a la obra social que provea la prótesis de cadera específica requerida por el médico tratante, bajo apercibimiento de multa y embargo.

El tribunal fijó un plazo perentorio de cinco días a partir de la notificación y dispuso el pase de las actuaciones a la Justicia penal -con carácter eventual- por la posible comisión del delito de desobediencia, sin limitación de la responsabilidad civil que pudiera corresponder.

La paciente sufre un cuadro de «displacia de cadera con artrosis grave» que, según la resolución judicial, «le provoca un dolor severo que dificulta la deambulación, por lo que debe ser operada para el reemplazo total de la articulación afectada». Para peor, con el paso del tiempo el proceso de la enfermedad aumenta su deterioro y la demora en la intervención dificulta mas la recuperación.

Por las características de la dolencia y la edad de la amparista el médico tratante solicitó una «prótesis de cadera no cementada de recubrimiento poroso con interfase metal-metal» que tiene un costo de $20.000. Pero la obra social sólo autorizó una prótesis nacional de «buena calidad» y con límite en su precio de $13.000, que «no reviste la calidad requerida para el caso».

Ante el rechazo expresado por el traumatólogo, en marzo UPCN ofreció cubrir el costo del material médico hasta $13.000 y que la afliada abonara «la diferencia de $ 5.640 para acceder a la prótesis solicitada». Los jueces de la Cámara consideraron que la negativa de la obra social fue «injustificada»

En el pedido de amparo la afiliada dejó en claro que el objetivo de su presentación era que la prótesis, sea nacional o importada, «revista la calidad de no cementada, de interfase metal-metal y recubrimiento poroso» solicitada por el médico.

En su resolución el tribunal advirtió que el material ofrecido por la obra social «no ofrecía las especificaciones requeridas», por lo que ordenó el cumplimiento inmediato del requerimiento.


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