Marcha atrás: la Justicia suspendió la multa al Gobierno por incumplir la Ley de Financiamiento Universitario

La Cámara Contencioso Administrativo Federal le concedió un recurso al Poder Ejecutivo y frenó la intimación que pesaba sobre el jefe de Gabinete, Diego Santilli, por la falta de actualización salarial y becas. En medio de la Marcha Federal Universitaria, la decisión surge tras los duros cuestionamientos de la Casa Rosada hacia el juez de primera instancia y lleva la firma de uno de los camaristas que recientemente integró la comitiva oficial de Javier Milei en su viaje a París.

Por Gabriel Jara

Marcha Federal Universitaria. Foto: Clarín Fotografía.

El conflicto universitario sumó un nuevo capítulo judicial este jueves 15 de octubre. La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió hacer lugar a un recurso de queja presentado por la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano, frenando así la intimación de ejecución de la medida cautelar que obligaba al Gobierno a actualizar los salarios docentes y las becas estudiantiles.

Esta resolución de alzada desactiva, de momento, las sanciones económicas (astreintes) de $100.000 diarios que el juez federal Martín Cormick le había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli. Aquella multa había sido dictada el día previo por desobedecer la cautelar que ordena el envío de los fondos previstos en la Ley de Financiamiento Universitario, justo en la antesala de la quinta Marcha Federal Universitaria convocada frente al Congreso.

El revés a la decisión de primera instancia ocurre en medio de fuertes tensiones políticas entre el Poder Ejecutivo y los tribunales. Mientras la Casa Rosada había dejado trascender su profundo malestar con el juez Cormick por sus vínculos con la gestión anterior, el fallo que hoy beneficia al Gobierno lleva la firma del camarista Sergio Fernández, quien a fines de septiembre viajó a Francia invitado por el ministro de Justicia para acompañar al presidente Milei en una gira oficial.


El freno a la ejecución y los exhaustivos argumentos del Gobierno


La decisión que le dio un respiro judicial al oficialismo provino de los jueces subrogantes José Luis Lopez Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, junto al camarista Sergio Gustavo Fernández. Los magistrados declararon procedente el recurso de queja interpuesto por el Estado Nacional y concedieron la apelación contra la providencia del pasado 22 de septiembre, en la cual se intimaba a la Casa Rosada a cumplir la medida cautelar en un plazo perentorio de cinco días bajo apercibimiento de aplicar sanciones por cada día de demora.

Para hacer lugar al planteo, los camaristas advirtieron que la denegatoria de la apelación en primera instancia era «susceptible de generarle un gravamen irreparable a la parte demandada», aunque aclararon que esta concesión del recurso no implica adelantar opinión sobre si la medida cautelar fue efectivamente cumplida o no.

Al conceder la apelación, la Cámara recogió los extensos reclamos presentados por el Ministerio de Capital Humano, que argumentó que la resolución del juez Cormick adolecía de «diversas vaguedades» y omitía precisar el alcance del supuesto incumplimiento. El Ejecutivo denunció que la intimación constituía una violación al derecho de defensa en juicio (artículo 18 de la Constitución Nacional) y generaba una «doble indefensión procesal», ya que se le exigía afrontar un pago por un presunto incumplimiento parcial sin determinar ni cuantificar una liquidación específica, dejándolo sin saber «qué actos concretos deberían llevarse a cabo para evitar las sanciones».

En materia salarial, el Gobierno desmintió estar incumpliendo los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. La Secretaría de Educación detalló que se dispuso un incremento del 21,33% sobre los haberes de mayo de 2026. Según los cálculos que presentó la cartera de Sandra Pettovello, esta variación consolida una recomposición del 226,80% para el período diciembre 2023 – agosto 2025, un porcentaje que supera el piso del 226,40% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado que exige el texto legal.

Además, el Ejecutivo fustigó al juez Cormick por señalar que se debía alcanzar un aumento del 312,19% para el período comprendido entre diciembre de 2023 y junio de 2026. La cartera educativa calificó este cálculo como un error que choca directamente contra las limitaciones de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026, y recordó que los meses subsiguientes a la sanción de la norma no se rigen por inflación automática sino por reuniones paritarias. En ese sentido, destacaron que ya se propuso un 3% de incremento para septiembre, que se suma a otro 3% pautado para octubre.

La respuesta oficial también dedicó un duro apartado a refutar el supuesto incumplimiento en el pago de las becas estudiantiles. El Gobierno acusó al magistrado de realizar una «interpretación parcializada» de la ley, aclarando que el texto sancionado tiene en miras únicamente a las becas «Manuel Belgrano». Explicaron que la Justicia confunde las partidas: las becas aludidas por la ley corresponden al «Programa 26», el cual no puede ser solicitado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). A su vez, precisaron que las becas «Progresar» y las de enfermería no pertenecen a ese esquema, sino que forman parte del «Programa 49» de la Subsecretaría de Políticas e Innovación Educativa, administrado mediante un convenio con ANSES.


De qué se trataban las multas a la Jefatura de Gabinete por el financiamiento universitario


La sanción que la Cámara dejó en suspenso había sido dispuesta por el juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, en una resolución dictada este miércoles, previo a la quinta Marcha Federal Universitaria. El magistrado había resuelto aplicar astreintes (sanciones económicas) por un valor de $100.000 diarios al titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Diego Santilli, tras verificar el incumplimiento de la medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a garantizar las partidas presupuestarias para la educación superior.

La medida de Cormick fundamentaba las penalidades en las competencias atribuidas por el artículo 100 inciso 1 de la Constitución Nacional y el artículo 5 de la Ley 27.798. En esa resolución, el juez había advertido que el monto fijado correspondía apenas a «una primera etapa» y que tanto la suma monetaria como los funcionarios alcanzados podrían modificarse en el futuro si el Gobierno persistía en su postura de desobediencia. En aquel momento, Cormick había concedido la apelación del Gobierno, pero aclarando expresamente que lo hacía sin suspender el giro de los fondos, ordenando dar «continuidad al trámite de ejecución de cumplimiento de la cautelar vigente».

El origen de esta multa se remonta a un hito clave del pasado 6 de octubre, cuando Cormick declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/2025. A través de esa norma, el Gobierno de Javier Milei había promulgado la Ley de Financiamiento Universitario (27.795), pero condicionó en la práctica su ejecución hasta que el Congreso definiera las fuentes de los fondos, apoyándose en un artículo de la Ley 24.629.

El magistrado dictó el fallo haciendo lugar al amparo colectivo presentado por el CIN, universidades, docentes y una causa acumulada de la UBA, rechazando la tesis del Ejecutivo de que la ley «manda a gastar» un billón de pesos sin previsión de recaudación, ya que el artículo 9° faculta al Ejecutivo a reasignar partidas y utilizar ingresos excedentes.

Para Cormick, la suspensión impuesta por el decreto funcionaba en los hechos como un «mecanismo extraconstitucional» o un segundo veto en las sombras. El fallo concluyó que esta maniobra vulneró los artículos 75 y 83 de la Carta Magna, ya que el Presidente se arrogó facultades sobre el gasto público que le corresponden exclusivamente al Poder Legislativo tras una insistencia parlamentaria (el Congreso había revertido el veto total de Milei con los dos tercios de los votos). Incluso contemplando los acuerdos salariales firmados en junio de 2026, Cormick dictaminó que el decreto oficial «no supera un test mínimo de razonabilidad».


La disputa judicial detrás del financiamiento universitario


La resolución de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que favorece al Gobierno se da en un contexto de altísima tensión política, donde el oficialismo no ocultaba su profundo malestar con el titular del Juzgado N° 11. Desde los pasillos de la Casa Rosada y a través de fuentes allegadas, La Nación informó que el gobierno de Javier Milei reveló su rechazo hacia Martín Cormick, señalando detalladamente su trayectoria ligada a la gestión anterior.

Las voces del oficialismo remarcaron que el magistrado fue «designado durante la presidencia de Alberto Fernández, con acuerdo del Senado», y que durante el mandato de Cristina Kirchner se desempeñó como titular de la Inspección General de Justicia (IGJ). Además, hicieron hincapié en que Cormick ostentó el cargo de «síndico general» del PAMI entre diciembre de 2019 y noviembre de 2020, bajo la gestión de la dirigente de La Cámpora, Luana Volnovich. En el relevamiento de sus resoluciones, también le recordaron fallos contrarios a la oposición, como cuando en 2022 falló contra la designación de la diputada radical Roxana Reyes en el Consejo de la Magistratura, avalando un amparo de Germán Martínez (Unión por la Patria).

Pero el contraste más fuerte de la jornada judicial lo marca el perfil de quien firmó la resolución de la Cámara para frenar la multa a Santilli: el camarista Sergio Fernández. Según indicó el mismo medio citado, de fluidos lazos en Comodoro Py, Fernández no es un nombre más; es considerado una especie de líder entre sus colegas del fuero contencioso y es hermano de Javier Fernández, auditor general de la Nación y reconocido durante años como uno de los principales operadores judiciales ligados al peronismo.

El vínculo de Sergio Fernández con la política y el poder trasciende los tribunales porteños. El camarista fue uno de los tres magistrados invitados formalmente a fines de septiembre por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, para integrar la comitiva oficial de Javier Milei en su viaje a París, en el marco de la Argentina Week para promover inversiones extranjeras.

Además de su rol como magistrado y su cercanía con la comitiva gubernamental, Sergio Fernández ocupa el cargo de vicepresidente del Tribunal de Disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), compartiendo ese estrado con el escribano Fernando Mitjans, e incluso su hijo Manuel es el vicepresidente del Tribunal de Ética de la misma entidad. Esta función deportiva cobró relevancia política en los últimos meses, ya que, mientras otros jueces renunciaron a los tribunales de la AFA debido a las causas penales contra el presidente Claudio «Chiqui» Tapia y el tesorero Pablo Toviggino, Fernández decidió mantener su lugar en la estructura de calle Viamonte.


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