Procesan a un hombre que no respetó la voluntad de su mujer

Una relación forzada generó el último embarazo de la joven madre. El magistrado también dictó la falta de mérito por lesiones.

Abuso sexual

Un hombre fue procesado y detenido por el delito de “abuso sexual con acceso carnal”, hecho del que resultó víctima su mujer y madre de sus hijos. De esa relación sexual la mujer quedó embarazada de su cuarto hijo.

Por otra parte el juez penal de Viedma, Favio Igoldi, dictó la falta de mérito por lesiones al mismo hombre que identificó como JCM, lo que significa que continuará la investigación en ese sentido con testimoniales, ampliaciones de algunas, peritaje psicológico al prevenido y ampliación de la víctima, todas medidas que necesitarán ser preservadas de la injerencia del imputado.

Para el juez, este caso de abuso sexual “claramente se encuadra dentro del contexto de una situación de violencia de género intrafamiliar”, considerando que “se impone la detención cautelar como una clara y directa medida que a gritos pide la propia normativa internacional (Convención de Belem do Pará) y jurisprudencia, como única medida para -como en el caso concreto- evitar estos graves hechos que involucran a un hombre, ejerciendo, a mi criterio, graves actos de violencia, sobre una mujer”.

En relación al hecho, Igoldi puntualizó que “la víctima misma, quien no deja de reconocer su falta de consentimiento para el acto sexual, entiende que esto no es -como le llama-, pero desde el punto de vista penal, el vicio y falta de voluntad colocan la acción de JCM como un delito”.

En este marco de la imputación consideró acreditado que el hecho se encuentra debidamente acreditado, calificándolo como “abuso sexual agravado por acceso carnal”, basándose en lo declarado por la víctima que la relación sexual en la que fue concebido su último embarazo “no fue consentido ni buscado”, así como que “siempre tenían relaciones por insistencias de parte de él y si se negaba la acusaba de que ella tenía otro vínculo y que por eso no quería estar con él”. El juez también tuvo en cuenta lo relatado por la joven respecto de haber sido amenazada por su pareja con dejarla sola con los chicos pequeños, de haberla golpeado, tironeado y tomado por la fuerza obligándola a mantener relaciones sexuales.

Como en tantas otras parejas, el marido ejerció en este caso un total control sobre su mujer que sólo salía de su casa para ir al secundario nocturno al que él la llevaba e iba a buscar, dedicándose a la crianza de sus hijos pequeños y siendo el hombre el encargado del sustento familiar.

Al analizar todo el marco de esa situación, Igoldi se inclinó por la necesidad de “eliminar prejuicios y prácticas como las narradas y comprender que en este caso la víctima, definitivamente no quería tener relaciones sexuales con su pareja, y que éste logró el acceso carnal deseado en base a insistencias y amenazas -relacionadas con la quita de sus hijos-, a lo que no puedo dejar de sumar que la insistencia y amenazas señaladas no pueden escindirse del cuadro de violencia de género del que era víctima esta mujer”.

Concluyó que “la voluntad de la víctima fue violentada, no eligió -ni pudo hacerlo en esa relación de fuerza hombre-mujer- mantener la relación sexual luego consumada que fue contra su voluntad. Sumo a lo expuesto que el informe psicológico de la víctima da cuenta de signo-sintomatología compatible con un trastorno por estrés post trauma”.

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