Reparos a la ley de teletrabajo

Un foro legal organizado por IDEA criticó la norma que tiene media sanción. El foco está puesto en las restricciones.

Foro. IDEA es el mayor núcleo empresario del país, y el más representativo.

La extensión del trabajo virtual, es uno de los efectos inmediatos que la pandemia trajo aparejado. Tal es el motor del proyecto de Ley de Teletrabajo que logró media sanción la semana pasada en la Cámara de Diputados, y busca poner marco legal a una nueva forma de relación laboral.
Para analizar los alcances y efectos de la nueva norma, la Red de Abogados de Empresa de IDEA organizó la mesa de conversación “Regular el Teletrabajo con Visión de Futuro”, un espacio virtual donde participaron representantes de las áreas de legales y relaciones laborales de diversas empresas nacionales e internacionales. Los especialistas expusieron la importancia de fomentar más y mejor empleo en el marco de la Ley así como también la inclusión laboral para pymes, trabajadores del interior del país y trabajadores cuya realidad les impide prestar tareas en forma presencial.

Los empresarios temen que la nueva normativa se convierta luego de la pandemia, en un corset que impida el crecimiento de nuevos puestos de trabajo.


Coincidieron en la necesidad de una posible regulación, aunque la particularidad del momento hace que sea necesario ser muy cuidadosos ya la Ley se generará durante la pandemia, pero funcionará en un mundo que excederá a la misma. “No se puede regular una modalidad de trabajo propia de los nuevos tiempos, con un corset propio y rígido del pasado” aseguró Brenda Puig, Directora de Asuntos Legales y Relaciones Institucionales, Walmart Argentina.
Uno de los puntos de la iniciativa que fue motivo de debate entre los profesionales fue sobre la Jornada laboral (Art. 4) y el derecho a la desconexión (Art. 5) digital. La ley señala que el empleador no puede contactar al trabajador fuera de horario, cuando una de las ventajas del teletrabajo es, sin duda, darle al empleado la flexibilidad de organizar sus horarios en función de sus necesidades personales. “No se puede imponer al empleador un sistema que bloquee la comunicación entre trabajador y empleado” agregó sobre esta consideración Carina Castrillón, Gerente del Departamento de Derecho Laboral en estudio Bulló. Aclaró que el trabajo fuera de horario (horas extras, adicionales, etc) ya está regulado y contemplado en la legislación vigente.


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