Río Negro también se sumó a la prohibición de reuniones sociales o familiares

El gobierno provincial anunció su adhesión al DNU de Nación que incluye a provincias en fase de distanciamiento social. También quedan prohibidos los eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas.

El gobierno de la provincia de Río Negro, donde todos sus departamentos están en fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), también adhirió a la prohibición dispuesta por el gobierno nacional con respecto a las reuniones sociales y familiares en todo el país, hasta el 16 de agosto. «A través del DNU 641 la Nación prohibió por dos semanas las reuniones sociales en todo el territorio, incluso en provincias y municipios que se encuentran en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO)», indicó.

«A partir de hoy, se suspenden las reuniones sociales o familiares», con el objetivo de «controlar y disminuir la circulación de personas, para minimizar la posibilidad de contagio del Coronavirus COVID-19. Rige desde hoy y hasta el 16 de agosto, inclusive», informó la administración provincial en su sitio web. A través del DNU 641 la Nación prohibió por dos semanas las reuniones sociales en todo el territorio, incluso en provincias y municipios que se encuentran en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

Agregó que el DNU prohíbe la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas. Los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control del cumplimiento de estas normas.

Además «prohíbe los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente«

La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación. Según estos artículos, las penas por infringir la norma van desde los seis meses a los dos años de prisión.

En la provincia de Neuquén, tras dos meses con reuniones sociales habilitadas, todas las localidades volverán a suspenderlas. El conglomerado de Neuquén capital, Plottier y Centenario, más Vista Alegre, habían cancelado esta habilitación desde mediados de junio por el incremento de casos, pero ahora la restricción abarca a todo el territorio.


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