Sobreseen a doce imputados por errores en la causa

El juez Guillermo Baquero Lazcano realizó duros cuestionamientos a la instrucción hecha por su par neuquino Héctor Rimaro. Los 12 imputados no podrán ser juzgados de nuevo.

ROCA (AR).- Los gruesos errores cometidos durante las primeras horas de la investigación por parte del juez Héctor Guillermo Rimaro y la Policía de Neuquén, fueron determinantes para que la jueza María del Carmen García García dictara el sobreseimiento de los doce imputados en la denominada «banda del crudo», a cuyos integrantes se los acusaba de haber «pinchado» un ducto de la empresa Oldelval y obtener ilegalmente ganancias millonarias.

La causa tuvo sus primeras actuaciones en la Justicia de Neuquén, aunque posteriormente, y por una cuestión de jurisdicción, pasó a Río Negro.

Los abogados Oscar Pandolfi y Alejandro Pellizón cuestionaron las intervenciones telefónicas a los imputados, y los allanamientos que se realizaron en Río Negro.

Tras este planteo, el juez Guillermo Baquero Lazcano le dio la razón a los defensores.

Es que a su entender, el magistrado neuquino no tiene jurisdicción en la provincia vecina, y tampoco puede intervenir teléfonos de otra provincia, sin tener fundamentos de peso.

El sobreseimiento fue dictado por la jueza María del Carmen García García, subrogante de Baquero Lazcano, y benefició a Héctor Raúl Volpini, Héctor Fabián Acuña, Orlando Pesetti, Sergio Arruti, Carlos Rodríguez, Francisco Juan Larroca, Enrique Omar García, Luciano Ricardo Procoppo, Eduardo Mónaco, Jorge Roberto Arias, Rodrigo Germán Arias y Raúl Rufino Francisco Echarri.

En la resolución judicial se especificó que «en lo que hace a la fundamentación que ordenan las intervenciones telefónicas, resulta nula. Ello por cuanto, al analizar los motivos por los cuales se ordena ampliar las intervenciones telefónicas, el juez neuquino sólo transcribe el pedido que realiza el jefe del Departamento de Delitos Económicos, comisario Máximo Retamal, refiriéndose que existe mérito para ello, sin especificar cuál es (…). Vale decir que el titular del Juzgado de Instrucción Nº1 de Neuquén, mandó a allanar garantías constitucionales, como el derecho a la intimidad, sin siquiera esgrimir mínimamente los argumentos».

Pandolfi también apeló las intervenciones a sus clientes, y Baquero Lazcano fue también crítico hacia Rimaro. «Mandó llevar adelante prórrogas de intervenciones telefónicas con prefijos (011), (02941), (03462), entre otros. Es decir, invadió jurisdicciones como General Roca, Buenos Aires, Santa Fe y Cipolletti, convirtiéndose de hecho, en una suerte de 'juez federal plenipotenciario' con jurisdicción federal en todo el territorio de la Nación Argentina, facultado para investigar delitos comunes. Lo paradójico es que el propio juez de Instrucción de Neuquén culmina declinando 'su extensa competencia' a éste juzgado de instrucción de la Cuarta Circunscripción de Cipolletti».

Finalmente, Baquero Lazcano atacó un tercer punto. Se trata de un informe policial del sargento Ceballos de la Policía de Neuquén, que informa que Enrique García y Francisco Larroca, sustraerían petróleo para su posterior venta aclarando luego el policía que «fue un simple comentario que en su momento no le dí importancia, ni siquiera puedo determinar el origen del mismo…».

Baquero Lazcano destacó que «lo referido precedentemente, fue la chispa que originó la mega investigación, con el aval del juez Rimaro. Este es el argumento central, el puntapié inicial para una investigación de tal magnitud, en la cual no hubo intervención de un agente fiscal ni delimitación del objeto procesal. La lectura del citado informe indica de un modo vago, impreciso y genérico, que García y Larroca sustraían petróleo para su posterior venta».

Al anularse las escuchas telefónicas y los allanamientos, se anula todo lo que sigue a la foja Nº4 del expediente.

Finalmente se concluye en la «existencia material del hecho investigado, más no así, que los imputados lo hayan cometido».

Por todo ello, la juez subrogante María del Carmen García García, dictó el sobreseimiento de los doce imputados que en la «pinchadura» del ducto a Oldelval.


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