Un ahorrista no tiene quién diga si tiene razón

Con un amparo pide que le devuelvan el dinero depositado en un banco, pero cinco jueces se declararon incompetentes.

CIPOLLETTI (AC) – Un ahorrista cipoleño que pretende recuperar 15.000 dólares depositados en un banco no encuentra un juez que entienda en su caso. No es que haya obtenido resultados desfavorables en los tribunales, sino que recurrió a cinco magistrados -cuatro provinciales y uno federal- y todos se declararon incompetentes.

Con el patrocinio de los abogados de Andrea Fadelli y Matías Nicolini, Ricardo Edelstein presentó a mediados del mes pasado un recurso de amparo ante la Cámara Laboral de Cipolletti, que integran tres jueces, para lograr que el Banco Río le devolviera los 15.000 pesos que había depositado el 7 de diciembre.

Adujo que el decreto del gobierno que dispuso el «corralito» no alcanzó a los fondos depositados con posterioridad, como en su caso. Cuando Edelstein quiso retirar sus dólares, se encontró con la negativa del gerente, que explicó que por cuestiones operativas y de reglamentación era imposible reintegrar el dinero.

La Cámara Laboral de Cipolletti opinó en un fallo emitido el 14 de diciembre que «si bien resulta cierto (…) que la competencia en lo concierne al amparo está atribuida en el texto constitucional a todos los jueces letrados, sin distinción de fueros ni instancias, ello es así siempre y cuando tal competencia se encuentre habilitada por razón de la materia, lo que no ocurre en el presente caso».

Por ello el tribunal decidió declararse incompetente.

Los abogados del ahorrista fueron entonces con su reclamo hasta la jueza federal de Roca, María del Carmen García.

La magistrada opinó en su fallo del 21 de diciembre que «desde que las personas que participan del litigio caen bajo la jurisdicción local, sin que la materia aplicable sea federal -por cuanto se trata de un conflicto entre particulares en cuanto a la ejecución de un contrato que los une- opino que es la justicia ordinaria la competente para conocer en la acción de amparo incoada, por lo que corresponde declarar la incompetencia de este tribunal».

La jueza federal se declaró así incompetente, pero en vez de archivar el caso, lo remitió al juzgado Civil y Comercial de Cipolletti.

En ese tribunal, el juez Alejandro Cabral y Vedia encontró un argumento diferente del de la magistrada federal.

Cabral y Vedia recordó, en su fallo del 2 de enero, que el decreto del ex presidente Fernando de la Rúa (1.606/01) y la comunicación 3.381 A del Banco Central de la República Argentina son las normas que liberan de las restricciones de las extracciones a los fondos depositados, en efectivo, luego del 3 de diciembre de 2001. Tal el caso planteado por este ahorrista.

Por lo tanto, el magistrado sostuvo que, como se trata de normas nacionales, debe ser la justicia federal la que resuelva el amparo. Y se declaró incompetente.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Ver planes ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora