El Gobierno de Javier Milei busca perfiles para reasignar estales, tras el cierre de Vialidad Nacional
A través de la publicación de la Resolución 54/2025 en el Boletín Oficial establecieron el "Procedimiento para solicitud de perfiles al Registro de Disponibilidad". Los detalles.
El Gobierno de Javier Milei profundizó la reglamentación para la reasignación de los empleados estatales a través de la publicación de la Resolución 54/2025 en el Boletín Oficial. Esta medida aprobó el «Procedimiento para solicitud de perfiles al Registro de Disponibilidad», un instrumento que busca ordenar la forma en que las distintas dependencias estatales podrán cubrir vacantes con empleados públicos que ya se encuentran en el «Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad». Surge después del cierre de Vialidad Nacional.
La disposición establece que:
- Las solicitudes de búsqueda de perfiles deben incluir el nombre del puesto, cantidad de vacantes y justificación de la necesidad estratégica u operativa.
- Las solicitudes que no contengan los datos completos o que permitan identificar a un agente específico serán desestimadas.
- La Oficina Nacional de Empleo Público (ONEP) consultará el Registro de Disponibilidad para encontrar candidatos adecuados.
- Las jurisdicciones solicitantes deben convocar a un mínimo de cinco agentes de la nómina de candidatos para entrevistas individuales en un plazo de 30 días.
- Si la nómina es menor a cinco se deberá entrevistar a todos los candidatos disponibles.
- Los agentes seleccionados serán notificados por correo electrónico y tendrán dos días hábiles para aceptar o declinar la propuesta.
- La ONEP elaborará un informe técnico para formalizar la salida del agente del registro una vez seleccionado.
La medida surge luego del cierre de Vialidad Nacional y la transformación de las estructuras de organismos nacionales como el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
El Gobierno de Javier Milei busca reasignar estatales: en qué consiste
El Registro de Personal en Situación de Disponibilidad abarca a aquellos empleados con estabilidad que fueron afectados por medidas de reestructuración o reducción de dotación. La resolución especifica que, cuando exista un cargo vacante, las jurisdicciones u organismos deberán solicitar la búsqueda de un perfil enviando una Comunicación Oficial (NOTA) a la Secretaría de Transformación de Estado y Función Pública, suscripta por una autoridad con rango no inferior a secretario.
Esta nota debe detallar el perfil del puesto, la cantidad de vacantes y justificar la necesidad estratégica u operativa de incorporar dicho perfil. Si un trabajador del registro cumple las condiciones para un puesto, la Autoridad de Aplicación podrá proponerlo, formalizando la propuesta.
En caso de aceptación, se tramitará el traslado y el empleado dejará el Registro, asumiendo su nuevo rol al día hábil siguiente a la suscripción del informe técnico de reubicación.
La iniciativa se enmarca en la Ley de Empleo Público Nacional N° 25.164, que busca una gestión más eficiente y transparente del personal estatal.
Paso por paso, el proceso detallado para la reasignación de empleados estatales
El procedimiento aprobado establece que el titular de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública evaluará la información y emitirá una respuesta de conformidad o rechazo de la solicitud.
En caso de aprobación, el titular de la unidad de personal de la jurisdicción u organismo solicitante deberá iniciar un expediente electrónico para incorporar la solicitud, la planilla contenedora y un formulario específico con la información del perfil autorizado. Este expediente será remitido a la Oficina Nacional de Empleo Público (ONEP) para su análisis.
Una vez que la ONEP reciba el expediente y consulte el Registro de Personal en Situación de Disponibilidad, si corrobora la existencia de personal con el perfil solicitado y las condiciones adecuadas, adjuntará la nómina de potenciales candidatos con sus datos de contacto y devolverá el expediente al organismo requirente.
El titular de la unidad de personal de este organismo deberá convocar a entrevistas a un mínimo de cinco agentes de la nómina (o a todos si son menos) dentro de los treinta días de recibido el expediente.
Las convocatorias a entrevistas se realizarán por correo electrónico, y los agentes seleccionados deberán aceptar o declinar la propuesta de la misma manera en un plazo de dos días hábiles. Concluidas las entrevistas, el organismo solicitante deberá remitir el expediente a la ONEP con las constancias de las convocatorias, el informe de resultados y la aceptación de los seleccionados.
Finalmente, la ONEP elaborará un informe técnico para formalizar la salida del o los agentes seleccionados del registro, dando inicio a la gestión administrativa para su traslado. En caso de diferencias de escalafón, se gestionará el reencasillamiento correspondiente.
La Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público tendrá la facultad de dictar normas aclaratorias o complementarias para la implementación de esta medida, que busca mayor transparencia y eficiencia en la reasignación de personal dentro del ámbito estatal. La resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación.
Comentarios