«Con la nueva ley, ARCA podrá concentrarse mejor en investigar los casos grandes de evasión»
El contador Saúl Torres, titular de un estudio con 63 años de trayectoria en impuestos, destacó que la ley busca separar grandes y pequeños contribuyentes. Destacó la simplificación de trámites para la gente común, el principio de inocencia y el cambio en plazos de prescripción, que podría influir en las provincias.

El contador Saúl Torres es titular del estudio Torres Verna y Asociados, que tiene más de 60 años de trayectoria dedicados principalmente al tema impositivo. Desde su estudio en Buenos Aires, señala a DIARIO RIO NEGRO que “al principio vamos a tener bastante trabajo con esta nueva Ley de Inocencia Fiscal porque va a llevar algún tiempito hasta digerirla, pero me da la impresión que después son beneficios para la gente que van a venir bien”.
PREGUNTA: Ayer se aprobaron dos leyes importantes: el Presupuesto, más conocido y la denominada Ley de Inocencia Fiscal. ¿Qué es esto?
RESPUESTA: Bueno, los senadores terminaron finalmente el trabajo, dejaron todo como tenía que ser el Presupuesto para para el año que viene y la Ley de Inocencia Fiscal, que tiene que ver con este año también si se publica el lunes, como creo que ocurrirá, porque tendría aplicación para este año ¿A qué apunta esta Ley de Inocencia Fiscal en general? Primero, a reducir la actividad por parte de los contribuyentes y más o menos transmitir el siguiente mensaje: «Decime la verdad a partir de ahora, a partir del año 2025, y te voy a molestar muy poco para atrás». Y la verdad, ¿qué significa? Uno de los puntos de la ley que se aprobó ayer es la declaración jurada simplificada. ARCA (Agencia de Recaudación) dice: «Te voy a simplificar la declaración jurada de manera tal que vos me tengas que contar nada más que cuáles son tus ingresos y cuáles son los gastos que has tenido, los gastos computables. Y desde el Estado te ayudo, porque te mando (no sé cómo lo van a hacer todavía) esa información”. Si vos la aceptás, listo, con eso quedó tu declaración jurada concluida.
P: ¿Podría poner un ejemplo?
R: Por ejemplo, en el caso de un empleado que paga un impuesto (como Ganancias), ARCA le va a mandar la declaración jurada diciendo lo que ha ganado, las deducciones que tiene y si hay gasto declarado. Luego dice: «¿Está bien esto?” si el empleado accede, listo, se terminó el trámite. Si la cambia (faltó agregar tal gasto, faltó agregar tal ingreso) entonces podría corregirla.
P: Uno de los objetivos sería que la gente declare lo que se llama “dólares del colchón”, ¿no?
R: Lo que esta ley te dice es: «Mirá, si me declarás bien tus ingresos y gastos, no voy a investigar para atrás, no miro nada”. Acá viene lo que se dice del colchón. En realidad, cuando alguien hace una declaración jurada, muchas veces el contador le dice al contribuyente: «No te da el consumo» ¿Eso qué quiere decir? Que se ha gastado más de lo que la persona dice que tenía como ahorros. Todo eso ahora lo simplifican le dicen al contribuyente: «En la medida en que usted me declare bien el último año, que hasta ahora sería el 2025, yo no le voy a preguntar si usted trae dinero para comprar un lavarropas, una casa o un auto. No le voy a preguntar de dónde sacó el dinero. Esto es interesante, en realidad no tiene un límite, como he escuchado por ahí. Lo que ocurre es que en este régimen pueden ingresar solamente algunos contribuyentes.
P: ¿Quiénes pueden ingresar?
R: Los contribuyentes que sean personas humanas o sucesiones indivisas y que tengan una determinada cantidad de ingresos en los últimos años. Es importante que no hayan pasado los 1.000 millones de pesos en los últimos años y que no hayan pasado los 10.000 millones de pesos de patrimonio. ¿Qué busca esto? Que ARCA pueda dedicarse a investigar los casos importantes. Todo lo que hace esta ley es ir separando casos, porque no se puede tratar igual a los casos de grandes patrimonios de la gente común, por así llamarlo.
P: Un pequeño comerciante, por ejemplo.
R: Claro, en este caso al comerciante ARCA le va a dar los ingresos y los gastos que tiene deducibles. Podrá corregirlo, si fuera el caso, pero si lo acepta, ya está. Y por ejemplo, si tenía guardados en el colchón, en la caja de seguridad o en el exterior o donde sea algunos ahorros, esta ley parte de la base que en años anteriores mucha gente no ha tenido cómo como canalizar sus ahorros y entonces ha comprado moneda extranjera. Entonces la ley le dice: «Bueno, si vos la traés, o sea si la gastás o invertiste en el país, nosotros no preguntamos de dónde la trajiste”. Y esto se complementa con otras cuestiones.
P: ¿Como cuáles?
R: La declaración va a ser un poco más sencilla. Pero si me macaneaste y tu declaración del último año no tiene los datos de ingresos o gastos computables correctos, entonces ARCA va para atrás y te verifica todos los años no prescriptos. Lo importante es que ahora hay una ley. Muchos clientes me han preguntado: “el sistema es bueno ¿pero si cambia el gobierno y dice algo distinto?” Bueno, es una ley ahora, ya no es tan fácil cambiarlo. Además, armoniza el plazo con la prescripción, ya que si uno va haciendo las presentaciones en orden, en tiempo y paga en plazo, la prescripción es de 3 años. Y casualmente 3 años es lo que permite pasar hasta el próximo gobierno.
P: Esta ley tiene que ver también con que buena parte de la economía argentina transcurre en la informalidad, por muchos factores históricos.
R: La ley tiene las dos vertientes, el primer objetivo es que la gente pase a estar en la formalidad con algo que sea posible cumplir para ese empleado o comerciante, no volverlo tan loco con trámites, de ahí el régimen simplificado. Y por otro lado, si pensamos que a ese comerciante un año le iba bien, ante la elevada inflación lo que podía hacer era a lo mejor tener un poco más de stock de mercadería. Pero la verdad es que a las personas normales que le sobraban unos pesos y que no llegaban a comprarse un auto o una casa, no tenían muchas alternativas para guardar ese dinero, para ahorrar. Entonces esa persona lo que hizo fue comprar dólares. Y este gobierno lo está reconociendo abiertamente. Se dice que es un blanqueo encubierto, lo concreto que ahora se puede traer y poner ese dinero de nuevo en la economía, en la actividad formal.
P: Otro aspecto interesante es lo que se llama el principio de inocencia fiscal, ¿no? Antes como que todos eran sospechoso de evadir hasta que demostrara que lo que se había obtenido era legítimo y ahora como que invierte la carga de la prueba, no?
R: A mí me parece bárbaro porque yo lo que le puedo decir es que la actitud a veces de los organismos de recaudación es como si el que tiene enfrente siempre hiciera las cosas mal o generalmente mal. Y lo trata como sospechoso. Entonces la gente arranca sus declaraciones con una gran inseguridad, aunque haya hecho sus presentaciones y demás como corresponde. Lo interesante es que ahora se circunscribe lo que puede hacer una fiscalización y demás a los contribuyentes más grandes. Es algo parecido a lo que ocurre en Estados Unidos, donde a menudo con mandar un mail explicando alcanza. Ahora, todo el mundo parte de la premisa que lo que se está declarando es correcto. Ahora, si descubro que me estás mintiendo, ahí vas a tener graves problemas. A mí me parece muy bien eso, porque la verdad es que desde mi experiencia los muy tramposos son poquitos, los pícaros son minoría y la mayoría de la gente hace las cosas bien.
P. ¿Qué ve negativo en la ley?
R: Hay quejas por las multas por presentación fuera de término y demás, que realmente se elevan demasiado. Estábamos acostumbrados que el que no presentaba la declaración en tiempo pagaba poco y no había ninguna penalidad. Bueno, ahora va a haber penalidad que es medio alta. Lo que antes eran 200 pesos, ahora pasaron a ser más de 200.000. Eso para para una persona normal, es mucho dinero. Pero bueno, dijo el ministro Luis Caputo que al reglamentar iban a ver la forma de atenuarlo, de intimar primero, de hacer las cosas un poco más llevaderas, por así decirlo. Veremos. Por ahora, hay que cumplir en tiempo y forma.
P: Una de las de las preocupaciones que planteó la oposición en el debate de la noche es que este régimen permitiría ingresar fondos de actividades ilegales como del narcotráfico. ¿Es posible?
R: Este esquema tiene algunas salvaguardas, como por ejemplo excluir a quienes han tenido conductas penales y demás. Lo que es importante aclarar es que los demás organismos encargados de investigar este tipo de delitos, lavado dinero y demás, siguen en funcionamiento. Las salvaguardas están, pero todo dependerá de cómo funcionen las instituciones.
P: ¿Cambia algo en las provincias?
R: Si, hay un aspecto importante acá en las provincias. Se unifica la cuestión de las prescripciones, que actualmente es un lío en cada distrito. La Corte Suprema intentó ordenar esto y ahora, además tendríamos una ley que intenta ir en este sentido y traer para el ámbito nacional la prescripción a los 3 años que es una cosa buena. Eso dejaría un patrón de referencia nacional para las provincias. Ya la Corte ha dicho claramente que deben aplicarse concretamente el Código Civil y Comercial para los plazos de prescripción, pero con eso hay mucha discusión todavía. Acá se refuerza el concepto, lo cual me parece que va a ser de utilidad para muchas empresas sobre todo en aspectos tributarios como Ingresos Brutos y tasas municipales, queda más claro el marco jurídico.

El contador Saúl Torres es titular del estudio Torres Verna y Asociados, que tiene más de 60 años de trayectoria dedicados principalmente al tema impositivo. Desde su estudio en Buenos Aires, señala a DIARIO RIO NEGRO que “al principio vamos a tener bastante trabajo con esta nueva Ley de Inocencia Fiscal porque va a llevar algún tiempito hasta digerirla, pero me da la impresión que después son beneficios para la gente que van a venir bien”.
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