Qué aprobaron los diputados en la sesión maratónica del miércoles: los cambios en la Ley de Tierras, Discapacidad y vandalismo rural

Las tres iniciativas lograron la aprobación por amplia mayoría; sin embargo, sufrieron modificaciones en sus textos originales y deberán tratarse en el Senado. Uno de los cambios clave se aplicó a la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que restituye la Ley de Tierras y deroga el artículo del DNU que la dejaba sin efecto.

Redacción

Por Redacción

Qué aprobaron los diputados en la sesión maratónica del miércoles: los cambios en la Ley de Tierras, Discapacidad y vandalismo rural

Qué aprobaron los diputados en la sesión maratónica del miércoles: los cambios en la Ley de Tierras, Discapacidad y vandalismo rural

El pasado miércoles 21 de octubre se llevó a cabo una sesión maratónica con un amplio temario de interés oficialista. Entre las iniciativas, se trataron la morosidad familiar, la Inviolabilidad de la Propiedad Privada -centrada en la Ley de Tierras-, Discapacidad y Vandalismo Rural. Estas tres últimas obtuvieron la aprobación de la mayoría, aunque con algunas modificaciones.

En Diario RÍO NEGRO te contamos qué fue lo que se aprobó y cuáles son los cambios que se aplicaron en cada propuesta que ahora deberán ser debatidos en el Senado.

Cambios que se aprobaron en Propiedad Privada: restitución de la Ley de Tierras


El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada fue aprobado en Diputados por 124 votos a favor, 119 en contra y 6 abstenciones. Si bien la normativa ya contaba con la media sanción del Senado, las modificaciones acordadas tras el debate obligan a su regreso a la Cámara Alta para la revisión final. La iniciativa resulta clave ya que restablece la Ley de Tierras y deroga el artículo del DNU 70 que la dejaba sin efecto.

Entre sus puntos centrales, el proyecto busca agilizar la restitución de inmuebles urbanos y rurales al establecer que las acciones de desalojo tramiten mediante juicio sumarísimo, un proceso más abreviado que el ordinario.

El texto propone que ante el impago de alquileres para vivienda, el locador deberá intimar formalmente al inquilino fijando el lugar de pago y un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar la deuda. Si persiste el incumplimiento, se podrá promover el desalojo, contemplando la restitución de la propiedad en 10 días hábiles y habilitando la desocupación inmediata bajo caución juratoria. Esta última herramienta permite asumir la responsabilidad por eventuales daños sin tener que constituir una garantía patrimonial.

Asimismo, la ley fija controles judiciales específicos. Cuando se aleguen causas como cambio de destino, deterioro, obras nocivas o uso abusivo, el juez deberá realizar un reconocimiento en el lugar dentro de las 72 horas con asistencia del defensor oficial. Si se identifican menores, personas con discapacidad o adultos mayores desamparados, se dará intervención a los organismos competentes para procurar una alternativa habitacional, sin que esto suspenda el proceso. Además, se establece una multa de hasta diez veces el valor del alquiler si se comprueba que el propietario obtuvo la restitución inmediata mediante el ocultamiento de hechos o documentos.

Respecto a las Expropiaciones, la reforma modifica la Ley e impone pautas más rigurosas para que el Estado disponga de bienes privados. La declaración de utilidad pública requerirá una interpretación restrictiva, especificando de forma concreta el objetivo buscado bajo criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

En materia indemnizatoria, se incorpora el lucro cesante con un tope general del 30% del daño emergente, extensible si se acredita un perjuicio mayor. La valuación del bien tomará como referencia la fecha previa a cualquier acto o anuncio oficial de expropiación y la suma se actualizará por IPC más la tasa activa del Banco Nación. A su vez se indica que el Estado no podrá transferir el dominio sin haber pagado la totalidad del monto.

También se amplían las causales para promover la expropiación irregular -incluyendo la toma sin pago previo o restricciones sustanciales al uso- y se delimita la ocupación temporánea anormal, la cual será dispuesta por el Ejecutivo por un máximo de 90 días (prorrogable por única vez) sin posibilidad de reincidir por la misma causa.

El restablecimiento de la Ley de Tierras Rurales resultó determinante en la negociación política. El texto aprobado deja sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 y restituye la vigencia de la Ley 26.737, restableciendo el tope del 15% para la titularidad extranjera en campos a nivel nacional, provincial y municipal.

La reincorporación, promovida por sectores aliados durante el debate en comisiones, revierte la desregulación fijada al inicio de la gestión de Javier Milei para recuperar las restricciones a la adquisición de tierras por parte de personas o empresas extranjeras.

Por último, la iniciativa modifica la Ley 17.801 para adaptar el Registro de la Propiedad Inmueble a las tecnologías actuales. En este punto se dispone la digitalización de los procedimientos, la presentación de documentos en soporte electrónico y el uso de firma digital, incorporando sistemas que garanticen la inalterabilidad y trazabilidad de los datos para optimizar la seguridad jurídica.

Vandalismo rural: lo que aprobaron los diputados


El proyecto de ley representa un cambio clave para las regiones productivas del país. Consiste en una reforma del Código Penal destinada a incorporar figuras específicas contra el vandalismo rural y la intrusión no autorizada en predios agropecuarios.

La propuesta obtuvo media sanción tras juntar 162 votos a favor, 77 en contra y una abstención. El dictamen, impulsado por el diputado nacional Martín Ardohain -presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca-, apunta a cubrir un histórico vacío normativo en el sector. Para ello, tipifica el ingreso no permitido a establecimientos agrícolas y agrava sustancialmente las sanciones por daños a bienes, insumos, infraestructura tecnológica y recursos agroalimentarios.

El texto aprobado en el recinto introduce dos cambios centrales al articulado del Código Penal:

  • Se incorpora el Artículo 150 bis que contempla penas de un mes a un año de prisión para quien ingrese a un establecimiento rural o sus dependencias en contra de la voluntad de quien tenga derecho a impedirlo.
    La norma fija que la negativa de acceso se presumirá ante la presencia de alambrados, vallas, cerramientos, muros o cartelería indicativa. Excepcionalmente, no se aplicará sanción cuando medien razones de auxilio, emergencias justificadas o si la demarcación entre el terreno privado y la vía pública resulta difusa.
    Además establece que la escala penal por intrusismo se elevará a dos años de cárcel si la irrupción no autorizada interrumpe u obstaculiza severamente las tareas productivas o si genera un peligro real para la vida de las personas, la sanidad de los rodeos o la conservación de las cosechas.
  • Por otro lado, se suma el Artículo 184 bis, enfocado en los actos destructivos.
    Este apartado contempla penas de dos a ocho años de prisión, acompañadas por multas de 3 a 12 veces el valor monetario del perjuicio provocado.
    La figura protege todo el ciclo agroproductivo: desde cereales y oleaginosas en pie o almacenados en silobolsas, tolvas, silos y parvas, hasta cultivos industriales (viñedos, olivares, yerbatales y cañaverales), ganado de cualquier especie, insumos forrajeros y madera apilada.
    La normativa también extiende su ámbito de resguardo a la infraestructura productiva y tecnológica, castigando los destrozos en instalaciones de energía limpia como paneles solares, generadores, bombas sumergibles, sistemas de riego, corrales y cerramientos.

Finalmente, el texto contempla importantes agravantes: la pena mínima se duplicará si el autor es un funcionario público o un actor del propio sector agropecuario, mientras que la pena máxima alcanzará los 10 años de prisión cuando el delito se ejecute en banda, mediante violencia o desate la pérdida integral de la producción en curso.

Nueva ley de Discapacidad: qué cambió


La nueva ley de discapacidad introduce cambios clave para brindar «previsibilidad financiera, garantizar la cobertura de salud e incorporar parámetros precisos en el otorgamiento de prestaciones y la cancelación de deudas del sector».

En cuanto al financiamiento, la iniciativa detalla las partidas presupuestarias destinadas a sostener el sistema. De acuerdo con el texto, si la demanda supera los fondos previstos, la diferencia será cubierta por el Tesoro Nacional. Asimismo, las futuras leyes de presupuesto deberán garantizar el crédito necesario para la sostenibilidad del esquema, asegurando que el ingreso por beneficiario no resulte inferior en términos reales al del ejercicio anterior.

En materia de acceso a beneficios, se determinan en forma explícita los requisitos para el otorgamiento de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad y de las Pensiones por Invalidez Laboral, evitando dejar estos criterios librados a reglamentaciones posteriores. A su vez, la norma asegura la asistencia sanitaria para todos los beneficiarios a través del programa Incluir Salud o de cualquier esquema oficial que lo reemplace.

Sobre los compromisos acumulados con los prestadores, se establece un esquema estricto de regularización: de existir deudas pendientes, la Secretaría de Discapacidad dispondrá de 30 días corridos para notificar el cronograma de pagos y de 90 días corridos para cancelar la totalidad de lo adeudado.

Finalmente, el marco legal consolida derechos vigentes, como la compatibilidad entre el cobro de la pensión y el empleo formal, e instrumenta la actualización mensual del Nomenclador de Aranceles con base en la inflación.

El debate culminó con la media sanción luego de que la iniciativa reuniera 237 votos a favor, 9 en contra y cuatro abstenciones.


El pasado miércoles 21 de octubre se llevó a cabo una sesión maratónica con un amplio temario de interés oficialista. Entre las iniciativas, se trataron la morosidad familiar, la Inviolabilidad de la Propiedad Privada -centrada en la Ley de Tierras-, Discapacidad y Vandalismo Rural. Estas tres últimas obtuvieron la aprobación de la mayoría, aunque con algunas modificaciones.

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