Empresarios quieren libre acceso a riberas

La Cámara de Comercio de Junín de los Andes presentó un proyecto para liberar el acceso a riberas de ríos y lagos. Advierten que la propuesta es inviable porque choca contra la Constitución.

JUNIN DE LOS ANDES (ASM).- La Cámara de Comercio local elaboró un anteproyecto de ley que procura garantizar en todo el territorio neuquino el libre acceso a las riberas de ríos, arroyos y lagos, con fines recreativos.

Se trata de en un esfuerzo por superar recurrentes polémicas con propietarios de campos cuyas tierras son atravesadas por cursos de agua.

La iniciativa fue presentada en la noche del martes durante una reunión ampliada de socios de la Cámara, y será puesta a consideración de los legisladores neuquinos.

Un tema normado

Lo curioso del caso es que el derecho público sobre los cursos de agua está tutelado por los artículos 2.340 y 2.341 del Código Civil -el anteproyecto hace mención de esos articulados-.

Pero el acceso a los espacios ribereños constituye foco de tensión permanente en esta ciudad, en particular en una zona de atractivos naturales y pesqueros como es el Corredor de los Lagos.

El asesor legal de la Sociedad Rural del Neuquén, y abogado de San Martín de los Andes, Hugo Burgenik, dijo a este diario, que «la Constitucion Nacional protege la propiedad privada con una fuerza y de modo tal que para que ceda ante el interés público de garantizar el acceso a los cursos de agua.Tiene que procederse a la declaración de utilidad pública y expropiación de las tierras comprometidas».

Señaló que «es el Estado quien debe proveer esas garantías porque este peso no puede recaer sobre los particulares».

En tanto advirtió que «aun en el caso de expropiaciones debe tenerse en cuenta el valor productivo actual o futuro de la tierra en cuestión y no meramente el valor fiscal».

El costo fiscal

Precisamente, el anteproyecto de la cámara juninense que preside Yamil Buamscha, prevé la constitución se servidumbres de paso y/o expropiaciones según corresponda, aunque el punto a dilucidar es el costo fiscal para el Estado.

Burgenik consideró esa posibilidad como de «muy difícil implementación» ante la falta de recursos de la admnistración pública provincial.

En cualquier caso, la iniciativa de la entidad que agrupa a empresarios y comerciantes de Junín prevé imputar los gastos que demande la implementación de la eventual ley a los recursos que anualmente se asignen al presupuesto provincial.

Estos fondos tienen su origen en las rentas generales y lo que surjan de las recaudaciones por multas, contenidas en el artículo 4 del anteproyecto que se presentó.

Multa a propietarios

En efecto, ese apartado de la propuesta señala que «la obstrucción, restricción o cualquier acto que impida el libre acceso a las riberas, hará pasible al propietario u ocupante del fundo, de la aplicación de una multa equivalente al 0,5 por ciento del valor de la propiedad».

Siempre según la propuesta de la Cámara, la autoridad de aplicación deberá actuar de oficio ante solicitud de personas físicas o jurídicas que demanden el libre acceso a determinado sector de ribera de ríos y espejos de agua de dominio público de esta parte de la provincia.

En este caso, la autoridad de aplicación debería recaer en la Subsecretaría de Turismo de la Provincia o en el organismo que en el futuro la reemplace.


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