“Es menos costoso judicializar, que pagar Ganancias sin ajuste por inflación”

La jornada “Estrategia para optimizar la carga fiscal”, se realizó a fines del mes de abril en el Centro Cultural de la Ciudad de Cipolletti. Para la ocasión, visitó la zona el tributarista César Litvin. En diálogo con PULSO, el especialista comentó el contenido de su ponencia, y analizó la situación del sistema tributario argentino.

PREGUNTA: ¿De qué trata la ponencia que dieron en Cipolletti?
RESPUESTA: Las empresas y las personas humanas soportan una enorme carga fiscal en Argentina. Nuestra especialidad es el asesoramiento respecto a las diferentes alternativas dentro de la ley, que permiten sobrellevar mejor esa carga.

P: ¿Qué opina del ajuste por inflación?
R: Creemos que existe la posibilidad de computar las pérdidas por inflación, aunque la ley lo prohíba. La norma establece que si la inflación no supera el 55% anual, no se puede computar los efectos de la inflación en los resultados impositivos. Desde nuestro punto de vista, más allá de lo que dice la ley, si la prohibición genera un impuesto que se torna confiscatorio, hay jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece que no corresponde pagar ese tipo de impuesto. En esos casos, lo que recomendamos es judicializar la liquidación de Impuesto a las Ganancias.

P: ¿Recomiendan desobedecer la ley?
R: Sucede que desconocer el efecto de la inflación significa desconocer el pilar básico del Impuesto a las Ganancias, el cual mide capacidades económicas. Las mismas consisten en la ganancia real, es decir en moneda constante, no en un número ficticio o heterogéneo. Si no se permite el ajuste por inflación, se paga impuesto por utilidades que no son tales.

P: El costo de judicializar ¿es menor al de pagar sin ajuste por inflación?
R: El costo es el natural que surge de tener representación legal, más la tasa de justicia para ingresar al tribunal fiscal, que es el 2,5% del monto, y como se gana el juicio, no hay costas. La deuda sigue generando intereses, pero como la jurisprudencia garantiza que el juicio saldrá a favor, no se consideran. Con todo ello, es menor el costo de hacer juicio, que el de pagar sin ajuste por inflación.

P: ¿Qué sucede con el Impuesto a la Renta Financiera?
R: Es un impuesto que nació mal. Los sistemas tributarios deben ser motivadores de conducta. En un país con serias dificultades en lo económico, sería bueno promover el ahorro interno y la llegada de inversores que optan por los títulos públicos argentinos. Lo que hizo la reforma tributaria, a pedido de la oposición, es incorporar como ganancia gravada la renta financiera producto de intereses de plazo fijo o los cupones de los bonos argentinos. Nosotros estimamos que es un mal impuesto, pero creemos que existen opciones que dentro de la ley permiten al contribuyente pagar menos.

P: ¿Relaciona la crisis con el Impuesto a la Renta Financiera?
R: Mire, el inicio de la corrida cambiaria fue el 25 de abril de 2018. El 26 de abril entraba en vigencia el Impuesto a la Renta Financiera, y obviamente los inversores extranjeros no estaban dispuestos a pagarlo, y huyeron despavoridos hacia el dólar. Se trata de un gravamen que ha provocado mucho más daño que beneficio.

Desconocer el efecto de la inflación significa desconocer el pilar básico del Impuesto a las Ganancias, el cual mide capacidades económicas.

P: ¿Creen que es necesario eliminar el impuesto?
R: Con urgencia…

P: ¿Cómo analizan la evolución del pacto fiscal?
R: Las provincias y los municipios debieron haber reducido la carga fiscal, tal como acordaron en el pacto firmado con la nación. Estamos hablando principalmente de impuesto sobre los ingresos brutos, sellos y tasas. Sin embargo, descubrimos que muchas de las jurisdicciones no han cumplido con el compromiso, sino que por el contrario han aumentado la carga. Esa carga no debiera ser asumida por el contribuyente, sino reclamada al fisco en el marco del pacto firmado a fines de 21017.

P: ¿Es posible bajar impuestos y al mismo tiempo pretender reducir el déficit?
R: Es un dilema que en economía se denomina “manta corta”. Si uno se tapa los pies se destapa la cabeza, y viceversa. Pareciera una contradicción bajar al mismo tiempo la carga impositiva y el déficit. Pero se trata de una situación transitoria. Más tarde, cuando la actividad económica se potencia debido a la reducción de los impuestos, la recaudación no se reduce, más bien todo lo contrario. Con impuestos más bajos y mayor actividad, es posible recaudar mucho más.

PERFIL: César Litvin

Cesar Litvin es Contador Público Nacional (UNNE).
Es Profesor de Teoría y Técnica Impositiva I de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA y Profesor de la Carrera de Posgrado en Especialización Tributaria en Universidades Públicas y Privadas.
Fue Presidente del Instituto Tributario de la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) entre 2012 y 2016.
Autor del Libro: “Impuesto a las Ganancias” – Editorial La Ley, Año 2011.


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