Caso Mandagaray: las defensas de los policías imputados pidieron al STJ que los absuelva

Así lo plantearon ayer en una audiencia con los jueces del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. La fiscalía y la querella solicitaron que la sentencia condenatoria sea confirmada. El 15 de octubre, se conocerá la sentencia.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, integrado por las juezas Liliana Piccinini, Cecilia Criado y sus pares Sergio Barotto, Ricardo Apcarian y Sergio Ceci, admitió este martes los recursos de queja que presentaron los defensores de los policías condenados por haber causado la muerte del oficial de la Policía provincial, Gabriel Mandagaray, durante un curso de entrenamiento del COER, en la Bahía Creek.

Tras admitir los recursos, los jueces escucharon los argumentos de los defensores de los policías imputados Alfredo Nahuelcheo, Maximiliano Vitali Méndez y Alejandro Gattoni.

Los defensores cuestionaron el fallo del Tribunal de Impugnación 2 (porque tuvo otra integración), que volvió a ratificar el 13 de marzo pasado las condenas impuestas por el Tribunal de Juicio de Viedma.

Las defensas advirtieron que era una sentencia arbitraria, que se vulneró el principio de congruencia y de legalidad y, sobre todo, que no cumplió con las instrucciones que les dio el STJ, cuando anuló la primera sentencia condenatoria.

“Esto es la copia de una sentencia del tribunal de juicio estas cosas no pueden suceder. Institucionalmente no nos hacen bien”, expresó ayer ante los jueces del STJ Oscar Pineda, que junto a su colega Pablo Irribarren, defienden a Gattoni.

Dijo que el fallo del TI 2 es “lamentable, hay que decirlo, no cumplieron con lo que dijo el STJ se los dijo expresamente punto por punto”.

“Este mecanismo de ir y volver, ir y volver no le hace nada bien a la justicia, ni a las víctimas, ni tampoco a los imputados porque se va demorando una decisión de esta naturaleza”, indicó Pineda, cuando planteó los fundamentos para que el STJ declare adminisibles las quejas.

El defensor oficial Ariel Alice, que asiste a Vitali Méndez, planteó que el TI 2 violó la doctrina del STJ. No contempló “los agravios centrales de las defensas. Cuáles eran los aportes de cada uno de los imputados” a los hechos que se les atribuye, advirtió Alice.

Los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, (de izquierda a derecha) Sergio Barotto, Liliana Piccinini, Cecilia Criado, Ricardo Apcarian y Sergio Ceci, dictarán el 15 de octubre la sentencia. (foto Marcelo Ochoa)

Los pedidos de los defensores al STJ


Irribarren solicitó que se haga lugar al recurso extraordinario. “Resulta innecesario el reenvío solicitando la absolución de culpa y cargo de Gattoni”, requirió. O en todo caso, planteó que se “declare la nulidad de la sentencia del TI 2 y se conforme un nuevo tribunal para tratar el recurso extraordinario de impugnación”.

El defensor Luciano Perdriel, que asiste a Nahuelcheo, pidió que al STJ que revoquen la responsabilidad de Nahuelcheo en cuanto al hecho 2 y lo absuelvan. También, requirió la nulidad de la acusación o bien de la sentencia del TI2.

Mientras que Alice solicitó la absolución de Vitali Méndez por el hecho 1 sobre todo al principio de congruencia. También, pidió la absolución del hecho 2 se le imputó una conducta que no formó parte de la acusación de la que no se pudo defender.


El fiscal y la querella pidieron que confirmen la sentencia


El fiscal Trejo (subrogante) afirmó que deben “rechazarse los tres planteos expuestos y confirmar la resolución del TI en todas sus partes”.

En el mismo sentido se expresó Damián Torres, en representación de los padres de Mandagaray, que son querellantes en la causa. Tanto el fiscal como el querellante se habían opuesto a que el STJ declarara admisibles las quejas.

Los padres del oficial Gabriel Mandagaray son querellantes en la causa. (foto Marcelo Ochoa)

Las condenas


El tribunal de juicio de Viedma condenó el 25 de julio del 2023 a Gattoni, en su carácter de coordinador y supervisor del curso, y los instructores Nahuelcheo, Vitali Mández y Marcelo Contreras fueron juzgados y condenados por haber causado con su conducta imprudente y negligente la muerte de Mandagaray. El Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) confirmó esa sentencia en 2024.

Pero el 19 de agosto del 2024, el STJ admitió parcialmente las impugnaciones extraordinarias presentadas por las defensas de los policías acusados y anuló un fallo que había dictado el TIP.

El STJ ordenó en ese momento una revisión integral y exhaustiva de la sentencia del tribunal de juicio de Viedma.

El 13 de marzo pasado, el TI, con otra integración, la volvió a revisar y rechazó los recursos de las defensas de los policías. Los jueces Carlos Mussi, Gregor Joos y Marcelo Gómez confirmaron la sentencia del tribunal de juicio de Viedma.

Gattoni fue condenado a 4 años y 10 meses de prisión e inhabilitación especial para el desempeño de funciones policiales por doble tiempo como autor penalmente responsable de abuso de autoridad y homicidio culposo.

A Nahuelcheo y Vitali Méndez los condenaron por los mismos delitos a 4 años y 6 meses y 4 años y 3 meses de prisión respectivamente. A Nahuelcheo le impusieron inhabilitación especial para el desempeño de funciones policiales por el doble de tiempo, mientras que a Vitali Méndez la inhabilitación es por 8 años.

Mussi, Joos y Gómez admitieron el reclamo de la defensa del policía e instructor Marcelo Contreras por el monto de la pena que le aplicó el tribunal de juicio. Por eso, se la redujeron a 3 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para el desempeño defunciones policiales por doble tiempo. Durante esos 3 años deberá cumplir pautas de conducta. Esa defensa no impugnó la sentencia ante el STJ.

El curso de entrenamiento básico del COER se desarrolló entre el 12 y 15 de abril de 2021, cuando murió el oficial Gabriel Mandagaray, en la Bahía Creek, distante a unos 100 kilómetros de Viedma. (foto de archivo)

Los hechos que les atribuyeron a los imputados


El Tribunal de Juicio de Viedma declaró a Gattoni, Nahuelcheo, Vitali Méndez y Contreras responsables penalmente, porque en su rol de instructores (y Gattoni en su carácter de coordinador y supervisor) hicieron el curso de entrenamiento básico del COER entre el 12 y 15 de abril de 2021, en un lugar y en condiciones que no eran las aprobadas por la Resolución del Jefe de Policía de Río Negro.

Los cuatro imputados trasladaron a los aspirantes hasta la Bahía Creek. Pero los obligaron a bajar antes. Los hicieron entrar en un estanque de agua y todos mojados tuvieron que caminar de noche unos 40 kilómetros hasta llegar a ese balneario. Allí, el grupo acampó. Ese fue el primer hecho que les atribuyeron.

También se los declaró culpables a los cuatro porque la tarde del 15 de abril de 2021 causaron la muerte de Mandagaray por asfixia por sumersión como consecuencia de una hemorragia suracnoidea traumática a causa de golpear su cabeza contra un tronco. Fue el segundo hecho que les atribuyeron.

Mandagaray había manifestado a los instructores que no sabía nadar. Sin embargo, le ordenaron entrar al mar, con dos cursantes vestidos con todo el uniforme policial, armas, borcegos y sin ninguna medida de seguridad ni control de personal de Prefectura.

La víctima y sus compañeros ingresaron al agua cansados por el desgaste físico y psicológico de los días previos, sumado a la escasa ración de alimento e hidratación que le había suministrado los encargados de curso.


El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, integrado por las juezas Liliana Piccinini, Cecilia Criado y sus pares Sergio Barotto, Ricardo Apcarian y Sergio Ceci, admitió este martes los recursos de queja que presentaron los defensores de los policías condenados por haber causado la muerte del oficial de la Policía provincial, Gabriel Mandagaray, durante un curso de entrenamiento del COER, en la Bahía Creek.

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