Diario «Río Negro» pide ser querellante en el caso del tirador Pedro Jofré

El ataque contra su fotógrafo en San Martín de los Andes es una afectación directa a la libertad de expresión que tiene protección constitucional, dice la presentación.

El dirigente del gremio ATE Neuquén Pedro Luis Jofré Luján está imputado de tres tentativas de homicidio, porque el 29 de julio pasado en pleno centro de San Martín de los Andes disparó contra tres personas, una de ellas el fotógrafo de «Río Negro» Patricio Rodríguez, quien lo retrató mientras realizaba el ataque. El diario pide ser querellante en la investigación. «Nos consideramos damnificados como empleadores del nombrado y como responsables de su trabajo periodístico, y como afectado directo del derecho a la libertad de expresión, que tiene protección constitucional», dice una parte de la argumentación.

La presentación fue realizada por la presidenta del directorio de Diario Río Negro, Laura Gamba, con el patrocinio letrado de Ricardo Mendaña y Melina Pozzer. La fiscal de Homicidios María Eugenia Titanti la rechazó porque según dijo, para el Código Procesal Penal la víctima directa fue Rodríguez, y la libertad de expresión «es un derecho de toda persona y no puede restringirse al ámbito de la libertad de prensa«.

Los abogados patrocinantes solicitaron una audiencia ante un juez de Garantías para que revise esta decisión. La fecha aún no fue fijada.

El petitorio sostiene que «es aceptado universalmente que la libertad de expresión representa una piedra angular de la democracia y del sistema de principios y valores consagrados en la Constitución (…). Como ha expresado la CIDH, una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”.

Protección a los periodistas


Vuelve a citar fallos de la Corte Interamericana: la libertad de expresión no puede alcanzar su plenitud sin el concurso de periodistas y medios de comunicación social. Es fundamental «que los periodistas que laboran en los medios de comunicación social gocen de la protección y de la independencia necesarias para realizar sus funciones a cabalidad, ya que son ellos quienes mantienen informada a la sociedad, requisito indispensable para que esta goce de una plena libertad y el debate público se fortalezca».

A su vez, «el ejercicio periodístico sólo puede efectuarse libremente cuando las personas que lo realizan no son víctimas de amenazas ni de agresiones físicas, psíquicas o morales u otros actos de hostigamiento».

«Los actos de violencia contra periodistas tienen un triple efecto: a) vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información; b) tienen un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares; y c) violan los derechos de las personas y las sociedades a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo», añade.

El medio también fue afectado


En otro orden, señala que «el ofendido directo no es el titular del bien jurídico. Así se ha pronunciado la jurisprudencia en distintos casos; así, la Cámara Federal de la Capital Federal, Sala II, en los casos «Cook», y caso «Gtech Foreing Holding». Por otro lado, la ley 2152, de creación del Centro de Ayuda a las Víctimas, considera víctima a quien ha sufrido un «daño físico, psíquico o social», o incluso «menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de los hechos, acciones u omisiones de carácter violento o delictual que violen la legislación vigente».

«Desde esta perspectiva, no puede negarse a la empresa periodística Diario Rio Negro el derecho a intervenir en la investigación de un hecho que afectó personalmente al periodista, pero también afectó al medio en el ejercicio de la libertad de expresión y en la labor periodística».


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios