Piden inscribir a extranjera como candidata a concejal

La Junta Electoral rechazó la propuesta de una joven que nació en Chile pero vive en Bariloche desde hace 19 años.

Con la letra de la Carta Orgánica en la mano, la Junta Electoral rechazó la candidatura a concejal por el partido Podemos de una joven de 23 años que nació en Chile pero vive en Bariloche desde hace 19 años.

La fuerza vecinal que lleva encabeza Pablo Chamatrópulos apeló ante el Tribunal Electoral Provincial y pidió que esa prohibición sera declarada inconstitucional. Dijo que se le impide a la joven ejercer sus derechos políticos plenos “sin ninguna racionalidad”, y que vedarle la candidatura es discriminatorio.

El escrito fue elaborado con asesoramiento del jurista Daniel Sabsay y subraya también la contradicción de permitirles el voto en las elecciones municipales a los extranjeros con más de tres años de residencia mientras se les impide ser elegidos.

Dania Evelin Fernández Paillapan tiene 23 años, nació en Chile y se radicó en Bariloche junto a su familia cuando tenía 4 años.

Cursó en esta ciudad sus estudios primarios y secundarios y luego se recibió en Córdoba de Licenciada en Comunicación Institucional. Fue nominada por Podemos como segunda candidata a concejal, detrás del propio Chamatrópulos.

La Junta Electoral emitió una resolución en la que rechaza esa candidatura e intima al partido para que la reemplace en la nómina. Pero Podemos apeló y espera que la Justicia le permita participar.

Chamatrópulos dijo que Fernández Paillapan tiene la ciudadanía argentina en trámite (a resolución del juzgado federal de Bariloche) y bien podría obtenerla antes de la elección, prevista para el 1 de septiembre.

Aseguró que “en la idea de nacionalidad el bien jurídico tutelado es el arraigo” y la joven tiene acreditado el “sentido de pertenencia” a la comunidad local, lo cual evidencia “un arraigo genuino”.

La presentación ante la Justicia Electoral señala que en el impedimento de su candidatura se incurre en “una discriminación vedada por la constitución nacional y también por la convención americana de derechos humanos. Incluye jurisprudencia de la Corte Interamericana y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El artículo 33 de la Carta Orgánica exige ser “ciudadano argentino” para postular a cualquier cargo electivo. Según Podemos, esa restricción “no resulta razonable”, porque instaura “una distinción injustificada en perjuicio de los extranjeros que llevan muchos años arraigados en suelo argentino y que cumplen las demás condiciones para ser idóneos representantes de los intereses de los electores”.


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