Prisión perpetua para el autor del crimen de Jonathan Lagos

Para los jueces, Martínez lo mató porque no pudo robarle la netbook

Por Redacción

Luis García

Los familiares de las víctimas presenciaron la lectura de la sentencia.

NEUQUÉN (AN) – La Cámara Criminal Primera condenó a prisión perpetua a Maximiliano Martínez (20) como autor del asesinato de Jonathan Lagos (15), ocurrido el año pasado en esta capital. Según los jueces, cometió el crimen porque no le pudo robar la computadora portátil con la que estaba jugando en la vereda. En el mismo hecho resultó herido de gravedad un amigo de Lagos y otro escapó ileso. La sentencia fue leída ante familiares y amigos de las víctimas. El hecho ocurrió el 6 de marzo en Gobernador Denis al 1.300. La víctima y sus amigos estaban en la vereda con la netbook cuando aparecieron dos jóvenes en moto e intentaron robársela. En el juicio oral Martínez admitió su participación en el hecho pero dijo que él manejaba la moto, y que su cómplice fue el que descendió y disparó contra los tres amigos. Ese segundo partícipe fue un menor de edad que se suicidó tiempo después del crimen. “Hasta su muerte negó haber sido el autor”, dijo un testigo. Y para los jueces, de acuerdo con las pruebas reunidas la ubicación de ambos en la moto era exactamente al revés: el adolescente manejaba y Martínez fue el que intentó cometer el robo y luego disparó contra las víctimas. Así lo corroboran desde los reconocimientos hasta testigos que lo escucharon decir “los cagué a tiros a estos giles de mierda”. Respecto del móvil los camaristas Mario Rodríguez Gómez y Alfredo Elosu Larumbe coincidieron en que la actitud de Martínez fue “rencorosa” y que disparó porque no pudo robar la computadora. En efecto, uno de los amigos de Lagos (el que resultó ileso) escapó con la netbook y logró refugiarse en una vivienda. “Se trata de un homicidio por despecho, por no haber conseguido los fines perseguidos”, señalaron los jueces. Añadieron que “Martínez se bajó de la moto con el objeto de apoderarse de la computadora, y al no poder hacerlo disparó sin contemplaciones cuando ya no tenía posibilidad de hacerse del botín”. Para el tercer camarista, Andrés Repetto, fue “un homicidio en ocasión de robo” porque no está probado que Martínez haya matado por despecho. En definitiva la condena fue por homicidio calificado criminis causa, tentativa de homicidio calificado y robo agravado por el uso de armas